III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

(v) el modo en que la entidad exige responsabilidades por la
consecución de los objetivos del sistema de control
interno a las personas que han de responder de ello;

Sec. III. Pág. 58254

(iii) las
deficiencias
de
control
identificadas en el entorno de control
menoscaban los demás componentes
del sistema de control interno de la
entidad.

El proceso de valoración del riesgo por la entidad
22. El auditor obtendrá conocimiento del proceso de valoración del riesgo por la entidad que sea relevante para la
preparación de los estados financieros mediante la aplicación de procedimientos de valoración del riesgo a través
de:
(a) el conocimiento del proceso de la entidad para: (Ref:
Apartados A109‒A110)
(i) la identificación de los riesgos de negocio relevantes para
los objetivos de la información financiera; (Ref: Apartado
A62)
(ii) la evaluación de la significatividad de dichos riesgos,
incluida la probabilidad de ocurrencia y

y
(b) la evaluación de si el proceso de
valoración del riesgo por la entidad es
adecuado a las circunstancias de la entidad
teniendo en cuenta la naturaleza y
complejidad de esta. (Ref: Apartados
A111‒A113)

(iii) la respuesta a dichos riesgos;
23.

Si el auditor identifica riesgos de incorrección material que la dirección no ha identificado:
(a)

determinará si por su naturaleza era de esperar que cualquiera de dichos riesgos hubiera sido identificado
por el proceso de valoración del riesgo por la entidad y, en su caso, obtendrá conocimiento del motivo
por el que el proceso de valoración del riesgo por la entidad no identificó esos riesgos de incorrección
material; y

(b)

considerará las implicaciones para la evaluación por el auditor del apartado 22(b).

El proceso de la entidad para el seguimiento del sistema de control interno
24. El auditor obtendrá conocimiento del proceso de la entidad para el seguimiento del sistema de control interno
relevante para la preparación de los estados financieros, mediante la aplicación de procedimientos de
valoración del riesgo a través de: (Ref: Apartados A114–A115)

(i) las evaluaciones continuas e individuales para el
seguimiento de la eficacia de los controles y la
identificación y corrección de las deficiencias de control
identificadas; (Ref: Apartados A116‒A117) y
(ii) en su caso, la función de auditoría interna de la entidad,
incluida su naturaleza, responsabilidades y actividades;
(Ref: Apartado A118)
(b) el conocimiento de las fuentes de información utilizadas en
el proceso de la entidad para el seguimiento del sistema de
control interno, y los fundamentos de la dirección para

y
(c) la evaluación de si el proceso de
seguimiento del sistema de control
interno de la entidad es adecuado a las
circunstancias de la entidad teniendo en
cuenta la naturaleza y complejidad de
esta. (Ref: Apartados A121‒A122)

cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es

(a) el conocimiento de los aspectos del proceso de la entidad que
tratan de: