III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Sábado 15 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58250
Definiciones
11
A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación:
(a)
Afirmaciones: manifestaciones, explícitas o no, con respecto al reconocimiento, medición, presentación
y revelación de información en los estados financieros que son inherentes a la manifestación de la
dirección de que los estados financieros se preparan de conformidad con el marco de información
financiera aplicable. El auditor utiliza las afirmaciones para considerar los distintos tipos de
incorrecciones potenciales que pueden existir al identificar, valorar y responder a los riesgos de
incorrección material. (Ref: Apartado A1)
(b)
Riesgo de negocio: riesgo derivado de condiciones, hechos, circunstancias, acciones u omisiones
significativos que podrían afectar negativamente a la capacidad de la entidad para conseguir sus
objetivos y ejecutar sus estrategias o derivado del establecimiento de objetivos y estrategias inadecuados.
(c)
Controles: políticas o procedimientos que establece una entidad para alcanzar los objetivos de control
de la dirección o de los responsables del gobierno de la entidad. En este contexto: (Ref: Apartados A2–
A5)
(i)
Las políticas son declaraciones de lo que se debería o no se debería hacer dentro de la entidad
para llevar a cabo el control. Esas declaraciones pueden estar documentadas, formuladas
explícitamente en comunicados o implícitas en actuaciones y decisiones.
(ii)
Los procedimientos son actuaciones para implementar las políticas.
(d)
Controles generales de las tecnologías de la información (TI): Controles de los procesos de TI de la
entidad que apoyan el funcionamiento continuo apropiado del entorno de TI, incluido el funcionamiento
continuo efectivo de los controles de procesamiento de la información y la integridad de la información
(es decir, la integridad, exactitud y validez de la información) en el sistema de información de la entidad.
Véase también la definición de entorno de TI.
(e)
Controles del procesamiento de la información: Controles relacionados con el procesamiento de la
información en aplicaciones de TI o procesamientos manuales de la información en el sistema de
información de la entidad que responden directamente a los riesgos para la integridad de la información
(es decir, la integridad, exactitud y validez de las transacciones y otra información). (Ref: Apartado A6)
(f)
Factores de riesgo inherente: Características de hechos o condiciones que afectan la susceptibilidad de
incorrección, debida a fraude o error, de una afirmación sobre un tipo de transacción, saldo contable u
otra revelación, antes de considerar los controles. Dichos factores pueden ser cualitativos o cuantitativos
e incluyen complejidad, subjetividad, cambio, incertidumbre o susceptibilidad de incorrección debida a
sesgo de la dirección u otros factores de riesgo de fraude11 en la medida en la que afectan al riesgo
inherente. (Ref: Apartados A7–A8)
(g)
Entorno de las TI: Las aplicaciones de TI y la infraestructura que da soporte a las TI, así como los
procesos y el personal involucrado en esos procesos que una entidad utiliza para respaldar las
operaciones de negocio y para lograr la consecución de las estrategias de negocio. A los efectos de esta
NIA:
NIA 240, apartados A24‒A27
cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es
12.
Núm. 116
Sábado 15 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58250
Definiciones
11
A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación:
(a)
Afirmaciones: manifestaciones, explícitas o no, con respecto al reconocimiento, medición, presentación
y revelación de información en los estados financieros que son inherentes a la manifestación de la
dirección de que los estados financieros se preparan de conformidad con el marco de información
financiera aplicable. El auditor utiliza las afirmaciones para considerar los distintos tipos de
incorrecciones potenciales que pueden existir al identificar, valorar y responder a los riesgos de
incorrección material. (Ref: Apartado A1)
(b)
Riesgo de negocio: riesgo derivado de condiciones, hechos, circunstancias, acciones u omisiones
significativos que podrían afectar negativamente a la capacidad de la entidad para conseguir sus
objetivos y ejecutar sus estrategias o derivado del establecimiento de objetivos y estrategias inadecuados.
(c)
Controles: políticas o procedimientos que establece una entidad para alcanzar los objetivos de control
de la dirección o de los responsables del gobierno de la entidad. En este contexto: (Ref: Apartados A2–
A5)
(i)
Las políticas son declaraciones de lo que se debería o no se debería hacer dentro de la entidad
para llevar a cabo el control. Esas declaraciones pueden estar documentadas, formuladas
explícitamente en comunicados o implícitas en actuaciones y decisiones.
(ii)
Los procedimientos son actuaciones para implementar las políticas.
(d)
Controles generales de las tecnologías de la información (TI): Controles de los procesos de TI de la
entidad que apoyan el funcionamiento continuo apropiado del entorno de TI, incluido el funcionamiento
continuo efectivo de los controles de procesamiento de la información y la integridad de la información
(es decir, la integridad, exactitud y validez de la información) en el sistema de información de la entidad.
Véase también la definición de entorno de TI.
(e)
Controles del procesamiento de la información: Controles relacionados con el procesamiento de la
información en aplicaciones de TI o procesamientos manuales de la información en el sistema de
información de la entidad que responden directamente a los riesgos para la integridad de la información
(es decir, la integridad, exactitud y validez de las transacciones y otra información). (Ref: Apartado A6)
(f)
Factores de riesgo inherente: Características de hechos o condiciones que afectan la susceptibilidad de
incorrección, debida a fraude o error, de una afirmación sobre un tipo de transacción, saldo contable u
otra revelación, antes de considerar los controles. Dichos factores pueden ser cualitativos o cuantitativos
e incluyen complejidad, subjetividad, cambio, incertidumbre o susceptibilidad de incorrección debida a
sesgo de la dirección u otros factores de riesgo de fraude11 en la medida en la que afectan al riesgo
inherente. (Ref: Apartados A7–A8)
(g)
Entorno de las TI: Las aplicaciones de TI y la infraestructura que da soporte a las TI, así como los
procesos y el personal involucrado en esos procesos que una entidad utiliza para respaldar las
operaciones de negocio y para lograr la consecución de las estrategias de negocio. A los efectos de esta
NIA:
NIA 240, apartados A24‒A27
cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es
12.