III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58335

de estrategia y planificación, así como los informes preparados para la dirección o los responsables del gobierno
de la entidad en los que se describen los hallazgos de las revisiones realizadas por la función de auditoría
interna.
5.

Adicionalmente, de conformidad con la NIA 24075, si la función de auditoría interna proporciona al auditor
información relativa a algún fraude, indicio de fraude o denuncia de fraude, el auditor lo tendrá en cuenta en su
identificación del riesgo de incorrección material debida a fraude.

6.

Las personas adecuadas dentro de la función de auditoría interna ante los que se realizan las indagaciones son
aquéllas que, a juicio del auditor, poseen el conocimiento, experiencia y autoridad adecuados, tales como el
responsable de auditoría interna o, según las circunstancias, otras personas que pertenezcan a la función. El
auditor también puede considerar adecuado mantener reuniones periódicas con estas personas.

Consideración de la función de auditoría interna para el conocimiento del entorno de control
7.

Para el conocimiento del entorno de control, el auditor puede considerar el modo en que la dirección ha
respondido a los hallazgos y recomendaciones de la función de auditoría interna en relación con deficiencias
identificadas del control relevantes para la preparación de los estados financieros, incluido si dichas respuestas
se han implementado y el modo en que lo han sido, así como, si con posterioridad, han sido evaluadas por la
función de auditoría interna.

8.

Si la naturaleza de las responsabilidades y actividades de obtención de un grado de seguridad de la función de
auditoría interna está relacionada con el proceso de información financiera de la entidad, el auditor también
puede utilizar el trabajo de la función de auditoría interna para modificar la naturaleza o el momento de
realización de los procedimientos de auditoría a aplicar directamente por él en la obtención de evidencia de
auditoría o bien para reducir su extensión. Puede ser más probable que los auditores puedan utilizar el trabajo
de la función de auditoría interna de la entidad cuando se evidencie, por ejemplo, sobre la base de su experiencia
de auditorías anteriores o en sus procedimientos de valoración del riesgo, que la entidad cuenta con una función
de auditoría interna dotada de recursos adecuados y apropiados en relación con la complejidad de la entidad y
la naturaleza de sus operaciones, y que informa directamente a los responsables del gobierno de la entidad.

9.

Si sobre la base de su conocimiento preliminar de la función de auditoría interna, el auditor tiene previsto
utilizar el trabajo de los auditores internos para modificar la naturaleza o el momento de realización de los
procedimientos de auditoría a aplicar, o bien para reducir su extensión es de aplicación la NIA 610 (Revisada
2013).

10.

Como se comenta con más detalle en la NIA 610 (Revisada 2013), las actividades de la función de auditoría
interna se diferencian de otros controles de seguimiento que puedan ser relevantes para la información
financiera, tales como revisiones de información contable de gestión diseñadas para contribuir al modo en que
la entidad previene o detecta incorrecciones.

11.

El establecimiento de una comunicación con las personas adecuadas dentro de la función de auditoría interna
de la entidad al comienzo del encargo y el mantenimiento de esa comunicación durante todo el encargo puede
dar lugar a que se comparta la información de manera efectiva. Crea un entorno en el que el auditor puede ser

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NIA 240, apartado 19

cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es

Conocimiento de la función que cumple la función de auditoría interna en el proceso de la entidad para el
seguimiento del sistema de control interno