III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-8088)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la financiación conjunta de diversos servicios y elementos comunes del edificio situado en la calle Vitruvio 2-4 de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58088

Segundo.
La Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid y el Ministerio
de Educación y Formación Profesional deben seguir abonando de manera conjunta el
suministro de agua y los servicios de mantenimiento y conservación del edificio que
alberga el centro de transformación, gastos comunes a ambas Administraciones.
Tercero.
De acuerdo con lo fijado en la estipulación quinta del convenio de colaboración del
año 2017, a la Consejería le correspondía abonar el 60% de los gastos acordados,
equivalente a los últimos 7 meses del año, y al Ministerio el 40% restante, equivalente a
los 5 primeros meses.
Esta distribución de porcentajes y de meses a asumir por ambas partes se ajusta a
los datos recogidos en el Catastro Inmobiliario.
Por todo lo anterior, ambas Administraciones convienen en formalizar en este
documento el correspondiente acuerdo, en base a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es establecer las obligaciones de ambas partes
respecto a los gastos conjuntos de consumo de agua, así como fijar la participación en
los gastos de mantenimiento y reparación de las zonas comunes del edificio con
referencia catastral 1771111 VK4717B 0001 IX situado en la calle Vitruvio, 2-4.
Con carácter general y a reserva de las cuestiones específicas recogidas en las
cláusulas tercera y cuarta, a la hora de determinar el reparto de los gastos que se
produzcan se tomará en consideración la superficie recogida en el Catastro Inmobiliario
que atribuye 4.258,74 m2 al Ministerio de Educación y Formación Profesional (39,26%)
y 6.589,71 m2 (60,74%) a la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de
Madrid.
Los gastos que se causen en relación con el mantenimiento y conservación de los
espacios de uso exclusivo de una de las dos administraciones serán asumidos por su
titular/ocupante.
Definiciones.

Son elementos o servicios privativos aquéllos que dan servicio únicamente a una de
las dos administraciones. Se incluyen entre ellos los accesos, aparcamientos, vestíbulos
y ascensores cuando sean de uso exclusivo de una de las partes.
Son elementos o zonas comunes el edificio que alberga el centro de transformación,
así como la cubierta del edificio principal. También se considera como elemento común
la acometida principal de electricidad cuya entrada se encuentra en el edificio del centro
de transformación. Es un servicio común la prestación del suministro de agua. Asimismo,
tendrán la consideración de servicios comunes las inspecciones, revisiones y cualquier
otra actuación amparada en alguna normativa legal o reglamentaria que afecte al
inmueble o a las instalaciones que se encuentren en zonas comunes.
Tercera. Obligaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, se compromete a:
1.º Asumir el 39,26% de la factura de agua o lo que es lo mismo las facturas que
daten de enero a mayo por este concepto de cada anualidad.

cve: BOE-A-2021-8088
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.