III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-8087)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la promoción del pensamiento computacional en todas las etapas educativas no universitarias a través del proyecto "Escuela de Pensamiento Computacional e Inteligencia Artificial".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
8087

Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la
promoción del pensamiento computacional en todas las etapas educativas no
universitarias a través del proyecto «Escuela de Pensamiento Computacional
e Inteligencia Artificial».

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de
Canarias, han suscrito, con fecha 7 de mayo de 2021, un Convenio para la promoción
del pensamiento computacional en todas las etapas educativas no universitarias a través
del proyecto EPCIA «Escuela de Pensamiento Computacional e Inteligencia Artificial»,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Comunidad Autónoma de Canarias para la promoción del pensamiento
computacional en todas las etapas educativas no universitarias a través del
proyecto EPCIA «Escuela de Pensamiento Computacional e Inteligencia Artificial»

De una parte, María Dolores López Sanz, Directora General de Evaluación y
Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, según
nombramiento por Real Decreto 804/2020, de 1 de septiembre (BOE del 2), en
representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, conforme a lo
dispuesto en el art. 7.1. de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE del 26), sobre
fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de
delegación de competencias.
Y, de otra, doña Manuela de Armas Rodríguez, Consejera de Educación,
Universidades, Cultura y Deportes de Canarias, nombrada en virtud de Decreto 52/2020,
de 19 de junio, del Presidente, y en el ejercicio de la competencia para la suscripción del
Convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de
julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en
representación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del
Gobierno de Canarias (la «Consejería»).
El Ministerio de Educación y Formación Profesional (en adelante «MEFP») y la
Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma
de Canarias (en adelante «Canarias») podrán ser denominadas, individualmente, «la
parte» y, de forma conjunta, «las partes».

cve: BOE-A-2021-8087
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