I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-8032)
Acuerdo Administrativo Estándar relativo al Fondo de Respuesta y Recuperación ante la COVID-19 por el que se prevé la gestión intermediada de los fondos, hecho en Nueva York el 15 de marzo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 57865

de financiación coordinado puede reforzar la respuesta y la recuperación tras los brotes
de enfermedades infecciosas.
11. Los procedimientos operativos del FFAM para la COVID-19 se han
racionalizado con objeto de facilitar los procesos acelerados de asignación de fondos. El
Fondo está diseñado para ofrecer una financiación ágil y flexible que responda a las
exigencias cambiantes de esta crisis mundial, multidimensional y de rápida evolución.
II. Ámbito del Fondo y teoría del cambio
12. El objeto del Fondo es «reducir el sufrimiento humano, económico y social
causado por la pandemia de la COVID-19 en los países más vulnerables, y garantizar
una recuperación efectiva, incluyente y sostenible», en coordinación con otros
mecanismos de financiación y con los líderes políticos. Se garantizarán la estrecha
interrelación y las sinergias entre las actividades humanitarias y las de recuperación y
desarrollo, poniendo el acento en los retos y oportunidades específicos de cada país.
13. Los principales indicadores del impacto del Fondo son:
I. el número de países que hayan eliminado la transmisión del virus;
II. el número de personas que viven por debajo del umbral de la pobreza; y
III. la evolución los indicadores de las metas de los ODS al ritmo previsto.
14. La estrategia del Fondo se basa en la responsabilidad de los Gobiernos
nacionales como actores fundamentales en la respuesta ante la COVID-19, y su
propósito es ayudarlos a poner en marcha planes nacionales de lucha contra esta
enfermedad basados en sus necesidades y capacidades específicas. En plena
consonancia con la Agenda 2030, el Fondo ofrecerá una financiación rápida y flexible,
haciendo hincapié en los enfoques intersectoriales necesarios para colmar las lagunas
que puedan darse en las respuestas a escala nacional, principalmente, pero también a
escala mundial y regional.
15. El FFAM de las Naciones Unidas para la COVID-19 tiene múltiples vínculos con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados en 2015 por los Estados
miembros de las Naciones Unidas. Apoyará directamente el ODS 3 para garantizar una
vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. También apoyará el
ODS 1 para poner fin a la pobreza, el ODS 2 para poner fin al hambre, el ODS 4 para
garantizar una educación de calidad, el ODS 5 para lograr la igualdad entre los géneros
y empoderar a todas las mujeres y las niñas, el ODS 8 para promover el crecimiento
económico, el ODS 9 para construir infraestructuras resilientes y fomentar la innovación,
y otros más.
16. El Fondo establecerá tres vertientes en consonancia con el Informe
«Responsabilidad compartida, solidaridad global: respuesta a los impactos
socioeconómicos de la COVID-19», y además una vertiente práctica.
17. Vertiente 1: Ayudar a las Administraciones y a las comunidades a eliminar la
transmisión del virus. Se proporcionará a las personas de los países afectados de renta
baja y media acceso a un tratamiento de calidad y a medidas de control y prevención de
la infección gracias a la ayuda multisectorial. Las actividades financiadas tendrán, entre
otros, los siguientes objetivos:
– Apoyar a los países a aplicar plenamente sus Planes Nacionales de Lucha contra
la COVID-19, ayudándolos a eliminar las brechas fundamentales, por ejemplo, en lo que
respecta a la limitación de la transmisión, la adquisición de equipos y suministros
esenciales, la ampliación de las operaciones de preparación y respuesta de los países, y
el pago de salarios e incentivos a su personal sanitario y social; y
– Ayudar a los ministerios y organismos públicos que no sean del sector sanitario
(como los ministerios de educación, agricultura, empoderamiento de la mujer, transporte,
interior, trabajo, bienestar social y servicios públicos), junto con las administraciones

cve: BOE-A-2021-8032
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Núm. 116