III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-8021)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el control de la incapacidad temporal durante el período 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Viernes 14 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 57787
Si no se ha alcanzado la reducción establecida en el coste afiliado real y tampoco se
está por debajo de la media nacional en el coste corregido, podrá obtenerse el 25% del
crédito del objetivo cuando el porcentaje de variación del coste/afiliado de la Comunidad
se sitúe en 5 puntos por debajo del porcentaje de variación de la media nacional,
reduciendo por tanto la desviación respecto de esa media.
El INSS facilitará a la Comunidad Autónoma el valor alcanzado al final de cada
ejercicio, en estos indicadores:
– Coste/afiliado/mes valor real.
– Coste /afiliado/mes valor corregido.
– N.º de procesos iniciados/1000 afiliados.
– N.º de procesos en vigor/1000 afiliados.
Asimismo, el INSS comunicará el valor de la media nacional de dichos indicadores,
alcanzado para cada año.
C.
Indicador procesos de corta duración: 4%.
Del análisis de los procesos de IT se desprende que un número elevado de ellos
corresponde a procesos de corta duración, que provocan además una merma importante
para la organización del sistema productivo. Por ello se establece este objetivo,
consistente en la puesta en marcha de un plan que someta a un seguimiento más
riguroso a los procesos de IT cuyo diagnóstico tenga establecida una duración estándar
no superior a 30 días. En este objetivo se contemplan los procesos de IT por
contingencias comunes de INSS y de Mutuas.
Con su aplicación se pretende ajustar el número de procesos de IT de esta
modalidad que se inicien, y establecer una cultura de utilización racional de la prestación
en procesos de corta duración, sensibilizando para ello, tanto al médico prescriptor de la
baja como al trabajador y al empresario, mejorando al propio tiempo la atención sanitaria
sobre los beneficiarios.
En la evaluación del cumplimiento de este objetivo tendrán especial consideración
los siguientes parámetros:
cve: BOE-A-2021-8021
Verificable en https://www.boe.es
– Número de controles realizados a trabajadores en IT con procesos de corta
duración.
– Resultados derivados de dichos controles.
– Número de nuevos procesos de IT de corta duración.
– Procesos de IT en vigor de corta duración.
– Número de días que superen la duración estándar.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 115
Viernes 14 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 57787
Si no se ha alcanzado la reducción establecida en el coste afiliado real y tampoco se
está por debajo de la media nacional en el coste corregido, podrá obtenerse el 25% del
crédito del objetivo cuando el porcentaje de variación del coste/afiliado de la Comunidad
se sitúe en 5 puntos por debajo del porcentaje de variación de la media nacional,
reduciendo por tanto la desviación respecto de esa media.
El INSS facilitará a la Comunidad Autónoma el valor alcanzado al final de cada
ejercicio, en estos indicadores:
– Coste/afiliado/mes valor real.
– Coste /afiliado/mes valor corregido.
– N.º de procesos iniciados/1000 afiliados.
– N.º de procesos en vigor/1000 afiliados.
Asimismo, el INSS comunicará el valor de la media nacional de dichos indicadores,
alcanzado para cada año.
C.
Indicador procesos de corta duración: 4%.
Del análisis de los procesos de IT se desprende que un número elevado de ellos
corresponde a procesos de corta duración, que provocan además una merma importante
para la organización del sistema productivo. Por ello se establece este objetivo,
consistente en la puesta en marcha de un plan que someta a un seguimiento más
riguroso a los procesos de IT cuyo diagnóstico tenga establecida una duración estándar
no superior a 30 días. En este objetivo se contemplan los procesos de IT por
contingencias comunes de INSS y de Mutuas.
Con su aplicación se pretende ajustar el número de procesos de IT de esta
modalidad que se inicien, y establecer una cultura de utilización racional de la prestación
en procesos de corta duración, sensibilizando para ello, tanto al médico prescriptor de la
baja como al trabajador y al empresario, mejorando al propio tiempo la atención sanitaria
sobre los beneficiarios.
En la evaluación del cumplimiento de este objetivo tendrán especial consideración
los siguientes parámetros:
cve: BOE-A-2021-8021
Verificable en https://www.boe.es
– Número de controles realizados a trabajadores en IT con procesos de corta
duración.
– Resultados derivados de dichos controles.
– Número de nuevos procesos de IT de corta duración.
– Procesos de IT en vigor de corta duración.
– Número de días que superen la duración estándar.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X