III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-8002)
Resolución de 5 de mayo de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas de estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

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permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su
formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen
para el ejercicio de actividades profesionales.
Segunda.

Estudiantes.

Podrán realizar prácticas académicas externas en la institución, los estudiantes de la
UCLM que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Normativa de
Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Castilla–La Mancha.
Tercera.

Documento de compromiso.

El estudiante o estudiantes, que realicen prácticas académicas externas en la
institución, suscribirán el documento de compromiso de prácticas que figura como anexo
al presente Convenio, que quedará archivado en su o sus expedientes y estará a
disposición de la otra parte firmante de este Convenio.
Cuarta. Programa formativo y dedicación del estudiante.
El programa formativo, la dedicación mínima y las actividades de prácticas
académicas externas que desarrollará el estudiante, así como el número de alumnos que
desarrollarán las prácticas, serán establecidos conjuntamente por las dos entidades
firmantes y aparecerá reflejado en los anexos de cada uno de los estudiantes con el visto
bueno de los tutores académico y de la institución, dentro del marco establecido en le
RD 592/2014 de 11 de julio.
Quinta. Régimen, calendario y horario de las prácticas.
La asistencia del estudiante a la entidad donde realice las prácticas académicas
externas se ajustará al calendario, horario y régimen de permisos a que tenga derecho el
estudiante con arreglo a la normativa vigente, y será establecido conjuntamente en la
forma que se indica en la cláusula anterior. Los horarios, en todo caso, serán
compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación
desarrollada por el estudiante en la Universidad.
Sexta.

La relación entre el estudiante y la institución.

De la realización de prácticas académicas externas por parte de los estudiantes al
amparo del presente Convenio no se derivarán en ningún caso obligaciones propias de
una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación
laboral propia de puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto el artículo 2.3 del
citado Real Decreto.
Séptima.

Bolsa de ayuda al estudio.

Octava.

Los seguros del estudiante.

La Universidad de Castilla-La Mancha suscribe una póliza de responsabilidad civil
que cubre los riesgos que como consecuencia de la actividad del estudiante dentro de la
institución pudieran derivarse y una póliza de accidentes que comprende los siniestros
de muerte, invalidez permanente, asistencia médico-quirúrgica y gastos sanitarios.

cve: BOE-A-2021-8002
Verificable en https://www.boe.es

La institución establecerá una bolsa o ayuda de estudios para los estudiantes que
realicen prácticas extracurriculares y que será satisfecha directamente a éstos. Dicha
aportación quedará reflejada, a título informativo, en la oferta de prácticas y en el anexo
al Convenio.