III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-8016)
Orden APA/469/2021, de 30 de abril, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de hortalizas al aire libre, de ciclo otoño-invierno, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 57723

ANEXO II
Características mínimas de las instalaciones
II.1 Generales
Los materiales utilizados, tales como postes, alambres, cables, etc., deberán tener el
grosor adecuado y estar en buenas condiciones de uso, además los metálicos deben
permanecer sin herrumbres que afecten a la sección. En todo momento la sección libre
de corrosión debe ser superior al 70% de la sección total de cada elemento.
Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben
cumplir:
a) Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados
y sin pudriciones.
b) Los de hormigón, deberán ser pretensado, no admitiéndose aquellos que
presenten grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los
mismos.
c) Los postes metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El asegurado deberá mantener en perfecto estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar la agravación del riesgo (vientos tensados, recambios de
alambres y tubos, etc.).
II.2
1.

Específicos

Estructuras de protección antigranizo y umbráculos:

Serán asegurables las instalaciones hasta 15 años de edad y que cumplan los
requisitos siguientes:
a) Altura de cumbrera máxima 6 m.
b) La retícula de la malla deberá tener 7 mm de luz máximo.
c) Dependiendo del material de los postes, deberá disponer al menos uno cada 50
m2, si son metálicos o de madera y uno cada 30 m2 si son de hormigón.
d) El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes
perimetrales, sujetos a cabillas de material metálico corrugado clavados a una
profundidad mínima de 130 cm no obstante, si el terreno tuviera una estructura ligera se
deberán duplicar los tensores.
e) En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar
un mínimo de 2.500 kg de tracción.
f) Deberán disponer de elementos separadores, en los postes perimetrales a fin de
evitar el rajado de la malla.
Invernaderos:

Las características mínimas que tienen que cumplir según el tipo de estructuras son:
1.º

Macrotúnel:

Serán asegurables únicamente los macrotúneles de hasta 20 años de edad.
Arcos:
– Los arcos que forman la estructura tendrán una altura máxima en su punto más
alto de 4 m, un diámetro mínimo de 35 mm y un espesor mínimo de 1,5 mm.

cve: BOE-A-2021-8016
Verificable en https://www.boe.es

2.