V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. (BOE-B-2021-23916)
Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2021 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Viernes 14 de mayo de 2021

Sec. V-B. Pág. 31147

Financiación.
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 36.460.000 euros y con
cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.50.460E.74913 de los Presupuestos
Generales del Estado de 2021. Estas partidas presupuestarias recogen las
actuaciones e inversiones contempladas en el Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento
de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de
la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente
vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Cuarto.
Características de la ayuda.
Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. La financiación
concedida tendrá los siguientes límites: Con carácter general se podrá financiar
hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de
subvención de 250.000 euros por beneficiario.
Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en
los términos previstos en el Anexo II, se podrán financiar hasta el 85% del
presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de
325.000 euros por beneficiario. La actuación deberá tener un presupuesto
financiable mínimo de 175.000 euros.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo
caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de
2022, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2022, en el caso de que el proyecto
tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2023, si el proyecto
tiene una duración de dos años.
Quinto.
Costes susceptibles de ayuda.

Se podrán financiar los siguientes gastos: Inversiones en equipos, gastos de
personal, en los términos recogidos en el Anexo I de la convocatoria, materiales,
colaboraciones externas/asesoría y otros costes como: alquileres, suministros,
cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros
derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de
auditor.
Sexto.
Bases reguladoras.

cve: BOE-B-2021-23916
Verificable en https://www.boe.es

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo
proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el
plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.