III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte escolar. (BOE-A-2021-7952)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas para el año 2021 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 57219

De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y su normativa de desarrollo,
tanto el CSD como las FFDDEE se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los
datos personales de que dispongan como consecuencia de esta convocatoria,
exceptuando los que sean estrictamente necesarios para las finalidades de la misma. En
este sentido se comprometen especialmente, a no ceder a terceros los datos
mencionados o los archivos que los contengan, así como a guardar estricta
confidencialidad sobre los mismos.
6. El CSD aportará las medallas y trofeos para los premiados en cada competición,
que reflejarán los datos del campeonato del que se trate. En el caso de aquellas
competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable por los plazos
administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia FDE organizadora será la
responsable de su suministro.
7. Las FFDDEE deberán garantizar que las instalaciones deportivas y/o zonas de
competición que proponen en sus proyectos de organización de los CESA tengan en
vigor una póliza de responsabilidad civil que cubra las contingencias que pudieran ocurrir
durante la celebración de los mismos.
El CSD suscribirá una póliza de responsabilidad civil subsidiaria respecto de los
miembros de las selecciones autonómicas participantes, jueces y árbitros de la
competición y personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el
ámbito de su actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.
Dada la excepcionalidad de esta convocatoria en cuanto a los plazos no habituales de
publicación de la misma, dicho seguro solo cubrirá aquellas competiciones que se
celebren tras la formalización del contrato con la empresa adjudicatarias.
8. La gestión de la dirección técnica, derechos de jueces y árbitros y su
desplazamiento hasta la sede de competición, será responsabilidad de las FFDDEE de
ámbito estatal. Los costes ocasionados por este concepto serán subvencionables
cuando los mismos se reflejen en el presupuesto de gastos de la competición.
Ahora bien, cuando venga establecido en las Normas Generales de Organización y
Desarrollo que una Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma participante debe aportar
un número determinado de jueces y/o árbitros, estos se desplazarán como un miembro
más de la selección autonómica.
9. Las FFDDEE organizadoras correrán, asimismo, con los gastos de alojamiento y
manutención de los jueces o árbitros necesarios para el correcto desarrollo de la
competición, así como del transporte interno de los mismos para el desarrollo de las
competiciones, concepto que también será subvencionable cuando el mismo se refleje
en el presupuesto de gastos de la competición.
10. La gestión de los desplazamientos de las selecciones autonómicas
participantes hasta la sede del campeonato y los desplazamientos internos de las
mismas desde sus lugares de alojamiento hasta la/s zona/s de competición
corresponderá a las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas participantes, que
podrán financiarlos directamente o mediante acuerdos que realicen con sus
Federaciones Autonómicas u otras Entidades o Instituciones.
11. Como norma general el coste del alojamiento de los deportistas y oficiales
acompañantes corresponderá a las selecciones participantes, que podrán financiarlos
directamente o mediante acuerdos que realicen con otras entidades o instituciones.
Ahora bien, las FFDDEE organizadoras que lo consideren oportuno pueden ayudar a la
financiación de este concepto y reflejarlo en la previsión de gastos generales de la
competición para, en su caso, poder considerarlo como un coste subvencionable en su
momento.
12. Por último y tras la celebración del evento, las FFDDEE organizadoras de cada
campeonato deberán presentar al CSD en formato digital una memoria detallada de la
competición en cuestión (participación, resultados, estadísticas principales…).

cve: BOE-A-2021-7952
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 114