III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte escolar. (BOE-A-2021-7952)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas para el año 2021 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de mayo de 2021

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deportistas con discapacidad visual y Natación para deportistas con discapacidad, todas
ellos tanto en categoría masculina como femenina.
Deporte inclusivo: Atletismo en Pista, Campo a Través, Bádminton, Natación, Tenis
de Mesa, Triatlón y Rugby-7.
Desde el CSD se quiere seguir impulsando la celebración de las mismas dentro de la
convocatoria, siempre que sea viable, y se cuente con el apoyo de las Instituciones
implicadas. Por tanto en el año 2021 sigue abierta la puerta a que la FFDDEE que así lo
planteen se unan a esta vía con el apoyo del CSD, incorporando al programa nuevas
competiciones dentro de este ámbito.
2. Dada la excepcionalidad de esta convocatoria, se admitirán dentro del programa
CESA 2021 aquellas competiciones incluidas en el punto anterior, que pudieran haberse
celebrado con anterioridad a la misma o a la resolución de competiciones y
organizadoras, bajo el ámbito federativo, siempre y cuando se hayan desarrollado bajo
los criterios y formato técnico de que en este texto se contemplan y presenten la solicitud
en tiempo y forma con los datos requeridos en los anexos.
Segundo. Aspectos generales para el desarrollo de las competiciones.
1. La Dirección General de Deportes del CSD elaborará las Normas Generales de
Organización y Desarrollo de las competiciones programadas. En las mismas se
determinará asimismo la normativa aplicable en cuanto a disciplina deportiva y
reglamentos técnicos de competición.
Para este año y de forma excepcional, también contemplarán los protocolos antiCOVID que hayan de tenerse en cuenta y el cumplimiento al respecto de toda la
normativa estatal o autonómica que puedan ser de aplicación a los CESA 2021.
2. En los CESA para el año 2021 podrán participar las Comunidades Autónomas y
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla a través de equipos de selecciones
autonómicas, de acuerdo con lo regulado en esta convocatoria y en las correspondientes
Normas Generales de Organización y Desarrollo anteriormente mencionadas. Las
Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas que deseen tomar parte en las
competiciones convocadas deberán comunicar a la organización, a petición de esta y
con el fin de facilitar los trámites organizativos, todos los datos que les soliciten en su
momento.
3. Las selecciones participantes no están obligadas al pago de ninguna cuota como
concepto de inscripción y/o participación en los CESA convocados por el CSD.
4. La imagen de los CESA es propiedad del CSD y no se podrá ceder a terceros sin
su consentimiento. Las FFDDEE organizadoras deberán salvaguardar la imagen
corporativa del CSD y de los CESA en todo tipo de documentación o soportes gráficos
que elaboren respecto a su desarrollo, que deberá aparecer siempre de forma
preeminente en los mismos, así como reservar zonas preferentes en las instalaciones
deportivas, zonas de competición y de entrega de premios para la colocación de su
logotipo oficial. El CSD podrá proporcionar a las FFDDEE organizadoras los parámetros
y/o plataformas digitales a tener en cuenta para poder cumplir con este precepto.
5. Tanto el CSD como las FFDDEE deben garantizar en el desarrollo de los CESA
el cumplimiento de todos los preceptos regulados por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así
como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo sobre protección de datos, y
cualquier normativa vigente que afecte a este ámbito, máxime tratándose en el caso de
los deportistas de menores de edad.
En las Normas Generales de Organización de los CESA 2021, que se dictan tras la
publicación de esta convocatoria para desarrollar los preceptos establecidos en la
misma, se establecerá el procedimiento y normativa aplicable para recabar el
consentimiento de uso de las imágenes de los participantes en las competiciones, así
como su posible uso, términos y condiciones del mismo, con la exclusiva finalidad de
promocionar el deporte en cuestión a nivel nacional.

cve: BOE-A-2021-7952
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 114