III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-7938)
Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de mayo de 2021

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CAPÍTULO III
Competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría de Estado
de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe
Quinto. Delegación de competencias en materia de contratación.
En materia de contratos, convenios, encomiendas de gestión, encargos a medios
propios y gestión económica, financiera y presupuestaria, en relación a la administración
de los créditos para los gastos del Servicio Presupuestario propio a la Secretaría de
Estado:
a) Se delegan en la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Secretaría de
Estado el ejercicio de las siguientes competencias, para importes inferiores a 500.000,00
euros:
1.º Se delegan las facultades de contratación que correspondan a la persona titular
de la Secretaría de Estado y no estén atribuidas a la Junta de Contratación del
Departamento.
2.º La celebración de acuerdos, convenios y protocolos con entidades públicas, y
con personas físicas y jurídicas, y la celebración de encargos a medios propios,
encomiendas de gestión y convenios con otras Administraciones Públicas, así como de
convenios con Universidades Públicas, con organismos públicos y con personas físicas o
jurídicas sujetas al derecho privado.
3.º La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso,
el reconocimiento y la propuesta de pago de las obligaciones económicas, así como la
expedición y firma de los documentos contables correspondientes a los mismos.
4.º La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas,
realizadas por el sistema de anticipos de caja fija y de pagos «a justificar», así como la
expedición y firma de los documentos contables correspondientes a las mismas.
b) Se delegan en las personas titulares de las Jefaturas de las Misiones
Diplomáticas o Representaciones Permanentes, Delegaciones y Oficinas Consulares
conforme se definen en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio
Exterior del Estado, las facultades de contratación en sus respectivas representaciones
relativas a los contratos menores, dentro de los límites autorizados por los servicios
centrales, y que se gestionen a través del sistema de pagos «a justificar», así como la
aprobación del gasto y la ordenación de los pagos.
Sexto. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios, becas y
ayudas públicas.
Se delegan en la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Secretaría de
Estado las facultades relativas a la concesión de premios, becas, subvenciones y ayudas
públicas hasta el límite de 500.000,00 euros, así como la aprobación y compromiso del
gasto y el reconocimiento de las obligaciones y propuesta de pago, así como cuantas
otras actuaciones se deriven de la misma, incluida la expedición y firma de los
documentos contables correspondientes.
Séptimo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
En materia de recursos humanos, se aprueba la delegación de competencias en la
personal titular de la Secretaría de Estado en los siguientes órganos:
a) En la persona titular de la Subsecretaría, el acuerdo de nombramiento y
separación de los Subdirectores Generales de la Secretaría de Estado.

cve: BOE-A-2021-7938
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