III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-7887)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Sa Muntanya localizado en el Puerto de Andratx. T.M. Andratx (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de mayo de 2021

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urbanizable se ubican al sur del helipuerto y están afectadas por diversos planes
parciales (Can Moragues, Cala Egos, s’Almudaina y ses Egos).
La parcela de actuación está compuesta mayoritariamente por masa forestal
arbolada, en la que destaca el pino carrasco (Pinus halepensis) como única especie
arbórea dominante, y que comparte el ámbito con otras especies de bajo porte. Otras
especies presentes en la parcela son el lentisco (Pistacia lentiscus), el palmito
(Chamaerops humilis) y el olivillo (Cneorum tricoccon). La zona está catalogada como
«superficies alteradas y construidas» según el Sistema de Información sobre Ocupación
del Suelo de España (SIOSE).
En relación con la presencia de hábitats de interés comunitario, en la parcela se
presenta el hábitat 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos».
En el ámbito de estudio no se localizan espacios de la Red Natura 2000. El espacio más
cercano al helipuerto es la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000519
«Espacio marino del poniente de Mallorca», la cual se localiza en la parte sur y oeste de la
zona de influencia, a una distancia de 1 km, aproximadamente, del lugar de actuación. El
helipuerto proyectado estará a una distancia de 3,2 km del Lugar de Importancia Comunitaria
(LIC) y la ZEPA «Sa Dragonera», ES0000221, y a 3,5 km del islote Pantaleu (más próximo al
helipuerto que el islote de Sa Mitjana). 3,8 km al norte del proyecto, se sitúa el Paraje Natural
de la Serra de Tramuntana, en el cual también se localizan, por una parte, el LIC ES5310076
«Serral d’en Salat» (a 3,8 km del helipuerto proyectado) y, por otra parte, una pequeña
superficie del LIC y la ZEPA ES0000222 «La Trapa», a 4,8 km del helipuerto proyectado. En el
entorno de la zona se ubica el Área Importante para la Conservación de las Aves y la
Biodiversidad en España (IBA) n.º 416 «Aguas del poniente de Mallorca».
Respecto a la fauna, en el entorno inmediato, se presenta el alcaraván común
(Burhinus Oedicnemus), la abubilla (Upupa epops) y la curruca balear (Sylvia balearica),
que están incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero
(BOE núm. 46, de 23 de febrero de 2011) y en el anexo II del Convenio de Berna
(82/72/CEE). Además, el alcaraván común y la curruca balear están incluidos en el
anexo I de la Directiva Aves (2009/147/CE).
c) Características del potencial impacto
El documento ambiental del proyecto presentado por el promotor incluye un análisis
de los impactos del proyecto sobre el medio ambiente y propone medidas preventivas y
correctoras para minimizar dichos impactos.
A continuación, se resume la información aportada por el promotor, junto a las
consideraciones realizadas por los organismos consultados que han motivado la
presente resolución.
Espacios Naturales protegidos. Red Natura 2000. La ubicación de la actuación
proyectada no coincide espacialmente con ningún Lugar de Importancia Comunitaria
(LIC), ni Zona Especial de Conservación (ZEC), ni Zona de Especial Protección para las
Aves (ZEPA) de la Red Natura 2000. Sin embargo, el promotor señala en el documento
ambiental que, en un radio de 5 km desde el punto de referencia del helipuerto, se
ubican los siguientes espacios:
− ZEPA ES0000519 «Espacio marino del poniente de Mallorca».
− LIC y ZEPA ES0000221 «Sa Dragonera». Este territorio coincide espacialmente
con el Parque Natural de Sa Dragonera.
− LIC ES5310076 «Serra d’en Salat» que forma parte del Paraje Natural Serra de
Tramuntana.
− LIC y ZEPA ES0000222 «La Trapa».
El documento ambiental no recoge, sin embargo, las posibles repercusiones sobre los
espacios Red Natura 2000 afectados por el proyecto en su zona de influencia. La Comisión
Balear de Medio Ambiente expone que el proyecto debería incorporar un estudio detallado de

cve: BOE-A-2021-7887
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