III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-7882)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con Barcelona Graduate School Of Economics, para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Miércoles 12 de mayo de 2021

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• Informar a los becarios que realicen prácticas en la AIReF al amparo de este
Convenio de los compromisos que adquieren por ello.
• Realizar, una vez finalizadas las prácticas, un seguimiento de la actividad
profesional, docente y científica de cada uno de los becarios, para informar a la AIReF
sobre si el alumno:
– Ha accedido a un puesto de trabajo en instituciones públicas o empresas privadas
relacionadas con alguna/s de las materias vinculadas a la actividad de la AIReF o ha
opositado para acceder a algún Cuerpo de funcionarios que realice labores relacionadas
con la actividad de la AIReF.
– Ha defendido alguna tesis doctoral o impartido algún curso sobre las materias
relacionadas con la actividad de la AIReF.
– Ha realizado alguna publicación en medios de comunicación o en revistas
especializadas, en su caso con reconocimiento JRC, sobre alguna de las materias
relacionadas con la actividad de la AIReF.
Este seguimiento deberá realizarse durante los cuatro años siguientes a la
finalización de la práctica y se concretará en un informe que la Universidad o centro
académico deberá remitir a la AIReF durante el mes de noviembre de cada año.
En caso de que algún alumno no facilite la información de seguimiento solicitada por
la Universidad o centro académico, bastará con indicar esta circunstancia en el informe
que se remita a la AIReF.
• Las demás previstas en el presente Convenio.
Octava.

Otras obligaciones de la Barcelona GSE.

• La Barcelona GSE entregará a los tutores designados por la AIReF, a solicitud de
estos, un documento acreditativo de su labor realizada como tutor.
El incumplimiento de sus obligaciones por parte de la Barcelona GSE permitirá a la
AIReF instar la extinción anticipada del Convenio.
Novena.

Derechos de los alumnos becarios.

• A la tutela, durante el período de duración de la beca, por un tutor académico de la
Barcelona GSE y por un profesional de la AIReF.
• A la evaluación, en su caso, de acuerdo con los criterios establecidos en la
universidad.
• A la obtención de un informe por parte de la AIReF, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
• A percibir de la Barcelona GSE o de su entidad colaboradora la aportación
económica concedida por la AIReF a dicha universidad en el marco del procedimiento
previsto por la Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF, una
vez practicados los descuentos recogidos en la cláusula tercera.
• A la propiedad intelectual e industrial de sus trabajos en los términos establecidos
en la legislación reguladora de la materia.
• A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la AIReF.
• En el caso de alumnos con discapacidad, a disponer de los recursos necesarios
para el acceso a la tutela, a la información y a la evaluación y al propio desempeño de
las prácticas en igualdad de condiciones.
• A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
actividades objeto de la beca con aquellas actividades y situaciones personales
derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.

cve: BOE-A-2021-7882
Verificable en https://www.boe.es

Durante la realización de las actividades objeto de la beca, los alumnos tendrán los
siguientes derechos: