I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2021-7842)
Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 56778

F. Aparato respiratorio
1. Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica,
que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con las actividades
policiales, entre ellas: insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos
esfuerzos.
2. Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen
alteraciones morfológicas o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal
desarrollo de las funciones policiales.
3. Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente.
4. Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas.
Lesiones residuales tuberculosas que, por su tamaño, número o situación alteren la
capacidad respiratoria o hagan presumible su reactivación.
5. Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas.
Nódulo pulmonar.
6. Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus
secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
7. Anomalías y disfunción diafragmática que determinen alteraciones morfológicas o
funcionales.
G. Cardiología y vascular
1. Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o
secuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad
funcional del aparato cardiocirculatorio.
2. Antecedentes de síncope recidivante.
3. Enfermedades valvulares.
4. Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de
importancia clínica.
5. Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones.
6. Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
7. Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que
presenten secuelas crónicas.
8. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
9. Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras
corrección quirúrgica.
10. Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
11. Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas
importantes.
H.

Aparato locomotor

1. Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares que puedan impedir o
menoscabar la función policial.
2. Pérdida total o parcial de una extremidad.
3. Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras
osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca, cuando esto provoque
una disminución o alteración de la capacidad de prensión y manipulación. En todo caso la
mano dominante debe estar integra anatómicamente y funcionalmente.
4. Inestabilidad articular durante la exploración o incongruencia articular objetivada
mediante pruebas de imagen.
5. Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular.

cve: BOE-A-2021-7842
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 113