III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-7731)
Resolución 420/381453/2021, de 30 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para el desarrollo de actividades de la Cátedra "Jorge Juan".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Lunes 10 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 56159

programación y gestión de las actividades de la Cátedra y la propuesta de cuantas
iniciativas se estimen oportunas para el eficaz cumplimiento de los fines de la Cátedra.
El Director de la Cátedra será un profesor de la Universidad de A Coruña o un Oficial
de la Armada, de forma alternativa, y por períodos de un curso académico.
Propondrá anualmente la programación de las actividades de la Cátedra y redactará
una memoria al final del Curso académico.
El Director de la Cátedra asumirá por delegación del Rector y del Almirante del
Arsenal de Ferrol, cuando así se determine, la presidencia de los actos culturales en el
marco de la Cátedra.
Sexta.

Aportaciones de la Universidad de La Coruña.

Las actuaciones y obligaciones del Rector de la UDC que llevará a cabo para la
consecución de los objetivos del convenio son los siguientes:
– Proponer el Director de la Cátedra cuando le corresponda y designarlo de acuerdo
con el Arsenal de Ferrol.
– Mantener actualizado el nombramiento de los vocales de la comisión mixta.
– Proporcionar las instalaciones precisas para el desarrollo de las actividades.
– Asumir los gastos de acuerdo a lo establecido en la Cláusula octava.
Séptima.

Aportaciones del Ministerio de Defensa.

Las actuaciones y obligaciones del Almirante Jefe del Arsenal de Ferrol, para llevar a
cabo la consecución de los objetivos del convenio, son los siguientes:
– Proponer el Director de la Cátedra cuando le corresponda y designarlo de acuerdo
con el rector de la UDC.
– Mantener actualizado el nombramiento de los vocales de la comisión mixta.
– Proporcionar las instalaciones precisas para el desarrollo de las actividades.
– Asumir los gastos de acuerdo a lo establecido en la Cláusula octava.
Octava. Financiación.
La distribución de gastos concurridos por las actividades de esta Cátedra se ajustará
a los siguientes conceptos:
– Universidad de La Coruña.
Asumirá el coste generado por los siguientes conceptos, que se abonarán con cargo
a la partida presupuestaria 0900090005.422D.22606, con un importe máximo estimado
de 5.600,00€ por cada curso académico:
• Pago de los conferenciantes, de acuerdo con la normativa de aplicación.
• Desplazamiento del conferenciante hasta Ferrol.
• Gastos de protocolo.

Asumirá con medios orgánicos propios los servicios de apoyo a la Cátedra en cuanto
a alojamiento, imprenta y, cuando la Presidencia de la Cátedra recaiga en la Armada, el
transporte del conferenciante desde/hacia aeropuerto/estación hasta el alojamiento en
Ferrol y desde/hacia éste al lugar de conferencias, calculado para un supuesto de diez
conferencias durante el año académico de Presidencia, según este importe aproximado:
• Desplazamiento del conferenciante, 490 €.
• Gastos de imprenta, 500 €.
• Gastos de alojamiento, 320 €.

cve: BOE-A-2021-7731
Verificable en https://www.boe.es

– Armada.