III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-7752)
Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Innovación, por la que se publica el Convenio con la Agencia Andaluza del Conocimiento y el Ayuntamiento de Málaga, para la organización del Foro Transfiere.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56391
En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del presente Convenio,
cada una de las entidades firmantes nombrará a sus representantes y lo comunicará a
las restantes. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con una
comunicación a las otras entidades firmantes con carácter previo a la celebración de
cada reunión.
El MICIN estará representado por la Secretaria General de Innovación, en calidad de
órgano responsable de las competencias atribuidas al Departamento en materia de
innovación y transferencia del conocimiento.
El Ayuntamiento de Málaga actuará como Secretaría Técnica, lo que implicará la
elaboración de los borradores de órdenes del día y actas de las reuniones de
la Comisión; su distribución para aprobación por las entidades firmantes del Convenio; la
recopilación de comentarios, su incorporación a los documentos; la elaboración de las
propuestas de calendarios de reunión de la Comisión de Seguimiento y de los órganos
de apoyo de ésta, que deberán ser aprobados por la Comisión, etc.
Esta Comisión de Seguimiento se regirá por lo establecido en la Subsección 1.ª de la
Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
en el artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del Convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Séptima. Órganos de apoyo.
1. Con el fin de garantizar el buen funcionamiento del Foro, existirá un Comité
Organizador y cinco Comisiones de Trabajo, compuestas por entidades y empresas
representativas del ecosistema de la innovación, sin capacidad ejecutiva y que actuarán
como asesores expertos de apoyo de la Comisión de Seguimiento del Convenio. Para
ello, se reunirán con antelación suficiente a la fecha de celebración de cada reunión de
dicha Comisión de Seguimiento. Su composición será consensuada por las entidades
firmantes y aprobada por la Comisión de Seguimiento.
2. Serán funciones del Comité Organizador las siguientes:
a. Asistir al menos al 50% de las reuniones del comité (4 al año).
b. Poner en contacto a la organización del Foro con su red de contactos y
directores de innovación de empresas o perfil similar:
c. Aportar empresas y entidades que participen de manera activa tanto en las
zonas de networking como en el área expositiva, retos, demo center…
d. Aportar sugerencias y contenidos de temáticas de interés y actualidad para el
programa.
e. Proponer y organizar actividades paralelas que aporten público, contenido y valor
al evento.
f. Promover acciones de dinamización y difusión a través de su red de contactos,
redes sociales y web.
g. Todas aquellas acciones necesarias para llevar a cabo la consecución de los
objetivos del Foro con el mayor éxito posible.
3.
Serán funciones comunes de todas las Comisiones de Trabajo las siguientes:
a.
Asistir al menos al 50% de las reuniones.
cve: BOE-A-2021-7752
Verificable en https://www.boe.es
I. Proponer reuniones y acompañar en las mismas si necesario.
II. Facilitar presentaciones de Transfiere en actos y actividades propias (asambleas,
jornadas, reuniones…).
III. Entidades homólogas internacionales.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56391
En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del presente Convenio,
cada una de las entidades firmantes nombrará a sus representantes y lo comunicará a
las restantes. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con una
comunicación a las otras entidades firmantes con carácter previo a la celebración de
cada reunión.
El MICIN estará representado por la Secretaria General de Innovación, en calidad de
órgano responsable de las competencias atribuidas al Departamento en materia de
innovación y transferencia del conocimiento.
El Ayuntamiento de Málaga actuará como Secretaría Técnica, lo que implicará la
elaboración de los borradores de órdenes del día y actas de las reuniones de
la Comisión; su distribución para aprobación por las entidades firmantes del Convenio; la
recopilación de comentarios, su incorporación a los documentos; la elaboración de las
propuestas de calendarios de reunión de la Comisión de Seguimiento y de los órganos
de apoyo de ésta, que deberán ser aprobados por la Comisión, etc.
Esta Comisión de Seguimiento se regirá por lo establecido en la Subsección 1.ª de la
Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
en el artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del Convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Séptima. Órganos de apoyo.
1. Con el fin de garantizar el buen funcionamiento del Foro, existirá un Comité
Organizador y cinco Comisiones de Trabajo, compuestas por entidades y empresas
representativas del ecosistema de la innovación, sin capacidad ejecutiva y que actuarán
como asesores expertos de apoyo de la Comisión de Seguimiento del Convenio. Para
ello, se reunirán con antelación suficiente a la fecha de celebración de cada reunión de
dicha Comisión de Seguimiento. Su composición será consensuada por las entidades
firmantes y aprobada por la Comisión de Seguimiento.
2. Serán funciones del Comité Organizador las siguientes:
a. Asistir al menos al 50% de las reuniones del comité (4 al año).
b. Poner en contacto a la organización del Foro con su red de contactos y
directores de innovación de empresas o perfil similar:
c. Aportar empresas y entidades que participen de manera activa tanto en las
zonas de networking como en el área expositiva, retos, demo center…
d. Aportar sugerencias y contenidos de temáticas de interés y actualidad para el
programa.
e. Proponer y organizar actividades paralelas que aporten público, contenido y valor
al evento.
f. Promover acciones de dinamización y difusión a través de su red de contactos,
redes sociales y web.
g. Todas aquellas acciones necesarias para llevar a cabo la consecución de los
objetivos del Foro con el mayor éxito posible.
3.
Serán funciones comunes de todas las Comisiones de Trabajo las siguientes:
a.
Asistir al menos al 50% de las reuniones.
cve: BOE-A-2021-7752
Verificable en https://www.boe.es
I. Proponer reuniones y acompañar en las mismas si necesario.
II. Facilitar presentaciones de Transfiere en actos y actividades propias (asambleas,
jornadas, reuniones…).
III. Entidades homólogas internacionales.