III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-7753)
Resolución de 29 de abril de 2021, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, para el tratamiento de datos de carácter personal en el marco de las convocatorias que gestiona la agencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Lunes 10 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 56402

fuera posible el acuerdo de las partes, serán resueltas de acuerdo con lo establecido en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Decimotercera. Régimen jurídico y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por las cláusulas del
mismo y por lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen jurídico del sector público.
Las partes manifiestan su conformidad con que el contenido de este Convenio sea
publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en el lugar indicado en el
encabezamiento.–El Director Ejecutivo de AGAUR, Manuel Molina Clavero.–El Director
del Consorcio BSC-CNS, Mateo Valero Cortés.
ANEXO 1
Principales funciones:
a) Acceder al módulo de presentación de solicitudes; revisar la adecuación de las
solicitudes presentadas –en esta fase no se permiten cambios en su contenido–, aceptar
o rechazar las solicitudes de su institución y crear un documento de confirmación con la
relación de las solicitudes aceptadas o rechazadas de cada convocatoria.
b) Acceder al módulo de priorización de las solicitudes de su institución para
aquellas convocatorias que lo requieran.
c) Acceder a funciones de comunicación de datos por formulario, lotes y servicios
web.
d) Gestión de los diferentes perfiles de su institución.
e) Otras funciones
Perfiles:

– Alta de nuevos usuarios con su perfil.
– Baja de usuarios.
– Cambio de perfil de un usuario existente.
– Modificación de los datos del usuario.
– Asignación de usuarios a convocatorias.
– Asignar la característica de validador y/o priorizador a personas representantes
legales.
* El BSC-CNS puede asignar un mismo perfil a varias personas y también asignar
diversos perfiles a una misma persona. Las personas representantes legales, para poder
acceder al BOGA, deben tener también el perfil de priorizador y/o validador.

cve: BOE-A-2021-7753
Verificable en https://www.boe.es

No todos los perfiles son necesarios para la gestión de cada convocatoria.
Dentro de cada convocatoria se accede a las funciones correspondientes.
Perfil de persona gestora: Un usuario con perfil de gestor tendrá a su disposición
funciones de revisión, consulta y completar datos de las solicitudes.
Perfil de persona validadora: Un usuario con perfil de validador tendrá disponibles
funciones de consulta y revisión de solicitudes.
Perfil de persona priorizadora: Un usuario con perfil priorizador dispondrá de
funciones de consulta y priorización de solicitudes.
Persona administradora: Usuario que tiene la responsabilidad de gestionar los
usuarios de su entidad y sus perfiles. No podrá añadir nuevos usuarios administradores
ni representantes legales: