III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-7737)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Lunes 10 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 56290

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
7737

Resolución de 28 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Foral de Navarra,
para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines
públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Suscrito el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo efectivo
de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como
anexo de esta Resolución.
Madrid, 28 de abril de 2021.–La Secretaria General Técnica, Blanca Cano Sánchez.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo
y Seguridad Social y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo efectivo de
la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social
En Madrid y Pamplona, a 27 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Mikel Irujo Amezaga, en su condición de Consejero de Desarrollo
Económico y Empresarial, nombrado por Decreto Foral de la Presidenta de la
Comunidad Foral de Navarra 5/2021, de 3 de febrero (BON número 27, de 4 de febrero
de 2021).
Y de otra, don Héctor Illueca Ballester, en su condición de Director del Organismo
Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrado por
Real Decreto 118/2020, de 21 de enero (BOE del 22 de enero de 2020), competente
para la firma del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3
e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (BOE del 22 de julio de 2015) y el artículo 8.3.g) de los estatutos de
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social
aprobados por Real Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril de 2018).

1. Que la Constitución Española establece en su artículo 149.1.7 que el Estado
tiene competencia exclusiva en materia de legislación laboral sin perjuicio de su
ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.
2. Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por
Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen
Foral de Navarra (BON 3 de septiembre de 1982); corrección de errores,
(BOE 26/08/1982) establece en su artículo 58.1.b que corresponde a Navarra la
ejecución de la legislación del Estado en materia laboral, asumiendo las facultades y

cve: BOE-A-2021-7737
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