I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-7688)
Real Decreto 282/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 347/2019, de 17 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Lunes 10 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 55913

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 282/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
347/2019, de 17 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales
de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.

El Real Decreto 347/2019, de 17 de mayo, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales
de formación dirigidos a los profesionales del medio rural, tiene como finalidad establecer
la oferta formativa con el fin de actualizar y fortalecer las competencias profesionales,
asegurando así la adaptación permanente de los profesionales del medio rural a las
exigencias del desarrollo sostenible del mismo, aumentando su competitividad y
mejorando las oportunidades de empleo y trabajo.
El presente real decreto dispone una modificación puntual del Real
Decreto 347/2019, de 17 de mayo, consistente en la substitución de la Subdirección
General de Dinamización del Medio Rural como órgano competente para la instrucción
de los procedimientos de concesión de estas subvenciones, y desempeñar la función de
secretaría de la comisión de valoración de las solicitudes, funciones que pasan a ser
desempeñadas por la Dirección Técnica de la Dirección General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria. La nueva organización responde a la
necesidad de armonizar la ejecución de las acciones en materia de formación que lleva a
cabo la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria,
de modo que se asegure la más adecuada expresión de los objetivos de la citada
Dirección General.
El presente proyecto se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por cuanto es una regulación necesaria para
lograr los fines señalados, proporcional y eficiente en sus mecanismos al ser el medio
más adecuado para cumplir estos objetivos sin introducir cargas administrativas
innecesarias, y que garantiza la seguridad jurídica de sus destinatarios dada su
integración en el ordenamiento jurídico. Cumple, asimismo, con el principio de
transparencia, ya que identifica claramente su propósito.
El presente real decreto se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2
y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en
su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este real decreto se ha
informado por la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada de la Intervención
General de la Administración del Estado en el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la
aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2021,

cve: BOE-A-2021-7688
Verificable en https://www.boe.es

7688