II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7579)
Resolución 452/38149/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54993

1.2.3 Los aspirantes extranjeros que opten a las plazas ofertadas para Militares de
Complemento del Cuerpo Militar de Sanidad, en la especialidad fundamental de
Medicina, además deberán acreditar los requisitos siguientes:
a) Poseer la nacionalidad de alguno de los siguientes países: Argentina, Bolivia,
Costa Rica, Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Guatemala,
Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana,
Uruguay y Venezuela. Los ciudadanos de la República del Perú deberán aportar
documentalmente la autorización expresa de la Autoridad u Organismo correspondiente,
para la incorporación del interesado a las Fuerzas Armadas españolas, o el resguardo o
acreditación de haberlo solicitado.
b) Encontrarse en situación de residencia temporal o de larga duración en España.
También podrán participar en los procesos de selección quienes se encuentren con
autorización de estancia por estudios.
c) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
d) Carecer de antecedentes penales en sus países anteriores de residencia por
delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
e) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que
España haya firmado un convenio en tal sentido.
f) No perder su nacionalidad al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas
españolas, ni tengan prohibición de alistamiento militar en éstas.
Dichos requisitos deben mantenerse desde la presentación de solicitudes hasta el
momento de ingreso en el centro docente militar de formación.
2.

Comprobación de requisitos durante el proceso.

Tras la admisión al proceso de selección, si en el transcurso del mismo y hasta la
fecha de presentación en el CDMF de los aspirantes propuestos para ingresar como
alumnos, se comprobara que cualquiera de ellos carece o no reúne alguno de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, el Órgano de Selección acordará su exclusión.
Dicha persona perderá los derechos de participación, quedando anuladas todas las
actuaciones, así como los derechos o expectativas derivados de su condición de
aspirante o del hecho de haber superado el proceso de selección.
Si dicha información se conociera una vez nombrados alumnos, o durante el
desarrollo de su formación, será propuesta su baja como alumnos por el Director del
CDMF correspondiente, con arreglo al procedimiento legalmente establecido y sin
perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.
Tanto la exclusión del proceso de selección como la baja en el CDMF y pérdida de la
condición de alumno, lo serán sin perjuicio de las posibles responsabilidades de otra
índole en las que hubiera podido incurrir la persona interesada.
Tercera. Plazo de presentación de la solicitud de admisión a los procesos de selección.

Cuarta. Aportación de documentación.
1. Los aspirantes que deseen participar en los procesos de selección de esta
Resolución deberán aportar la documentación que se relaciona en esta base en los
plazos que se indica para cada una. En todo caso, la no presentación de los siguientes
documentos supondrá la exclusión no subsanable del proceso de selección:
– La solicitud de admisión señalada en el párrafo 1.1.1.
– Documento de liquidación de pago de tasas señalado en el párrafo 1.1.2.

cve: BOE-A-2021-7579
Verificable en https://www.boe.es

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».