II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7577)
Resolución 452/38147/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54892

Los aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con retención
de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el cuestionario
de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente actualizadas.
Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento
Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el
Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la
continuación del aspirante en el proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión del aspirante, de
conformidad con la disposición decimocuarta del II Plan General de Prevención de
Drogas de las Fuerzas Armadas, de 22 de febrero de 2010, de la Subsecretaría de
Defensa.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia justificada,
enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al reconocimiento en la
fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión en una tanda de
incidencias, y se someterán al reconocimiento médico, o lo completarán en la fecha que
determine el Órgano de Selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base segunda se deberá verificar
durante el desarrollo del reconocimiento médico. Si se detectara la existencia de algún
caso en el que no se cumpliera, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano
de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
La Junta de Reconocimiento Médico y el Tribunal Médico Militar de Apelación
remitirán al Presidente del Órgano de Selección las actas con los resultados médicos
obtenidos por los aspirantes.
Undécima. Calificación final.
1. Para los procesos de selección de ingreso directo y promoción para cambio de
cuerpo, la calificación de la fase de oposición será la suma de las calificaciones
alcanzadas en las distintas pruebas puntuables realizadas en dicha fase. Quedarán
eliminados del proceso de selección los aspirantes que obtengan una puntuación en la
fase de oposición inferior a la media aritmética menos una desviación típica de las
calificaciones de todos los aspirantes que hayan finalizado las pruebas puntuables de
dicha fase.
2. La calificación final y posterior ordenación de los aspirantes del proceso de
selección, se efectuará conforme a la aplicación de las siguientes fórmulas:

CF = PFC + (PTC + PEC + PECCG + PI)/2.
En caso de igualdad en la calificación final, tendrá prioridad quien tenga mayor
puntuación en la fase de oposición; de persistir el empate, quien obtenga mejor
puntuación en la prueba teórica de conocimientos y, en su caso, quien tenga mayor
puntuación en la escrita de conocimientos.

cve: BOE-A-2021-7577
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– Ingreso directo (militares de carrera y militares de complemento):