II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7577)
Resolución 452/38147/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 54883

– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
octava «Fase de Concurso».
1.2 Presentación antes de la fecha de comienzo de la primera prueba. Méritos a
valorar en la fase de concurso: solamente se valorarán aquellos méritos debidamente
justificados que se posean en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de
solicitudes. Para la justificación de los méritos solo se admitirán documentos originales o
copias auténticas (electrónicas o en soporte papel). No será objeto de valoración
ninguna copia que carezca de autenticación o de Código Seguro de Verificación.
– Méritos militares: El Órgano de Selección extraerá del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) los méritos militares que posea el aspirante en la
fecha en que finaliza el plazo de admisión de solicitudes.
En aquellos casos en que el aspirante haya detectado errores en los datos
administrativos grabados en SIPERDEF remitirá, junto con la solicitud, copia de la nota
de reparos remitida a su Mando de Personal, con el V.º B.º del Jefe de su UCO y el
conforme del aspirante.
– Méritos académicos: En la valoración de los estudios universitarios solo se
considerará la certificación académica oficial expedida por la Facultad, Escuela Técnica
o centro docente correspondiente. En la misma figurarán las asignaturas, créditos y
calificaciones numéricas que correspondan a cada una de ellas.
– Perfil de idiomas: acreditación del perfil de idiomas establecido en el
apartado 1.2.2.f) de la base segunda. Sólo serán válidos los certificados
correspondientes a pruebas efectuadas antes del día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. El procedimiento para aportar la documentación a la que se
refiere este punto se llevará a cabo de igual forma a lo dispuesto en el punto 2 de esta
base y en la base quinta.
1.3 Presentación antes del inicio de las pruebas físicas: Certificado médico oficial.
Apéndice 6. Los aspirantes deberán aportar, el día que se les haya asignado para
realizar las pruebas físicas, uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que
figuran en el Apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos
permitidos) deberá figurar, «expresamente», que el aspirante «se encuentra capacitado
físicamente para la realización de pruebas de aptitud física consistentes en ejercicios de:
Potencia de tren inferior, Potencia de tren superior, Velocidad (carrera de 50 metros),
Resistencia (carrera de 1000 metros), Soltura acuática (50 metros) y Agilidad».
El certificado médico deberá haberse expedido dentro de los treinta días anteriores al
día de la realización de las pruebas físicas, siendo el Órgano de Selección el
responsable de efectuar la comprobación de su validez antes del inicio de los ejercicios
de que consta la prueba. En caso de apreciarse cualquier defecto de literalidad en el
certificado médico de alguno de los aspirantes, el Órgano de Selección podrá acordar la
realización de las pruebas físicas en la tanda de incidencias una vez subsanados los
defectos de forma apreciados. Asimismo, los aspirantes que presenten el certificado
médico sin la firma del facultativo o que no haya sido expedido dentro de los treinta días
anteriores al de realización de las pruebas físicas quedarán excluidos del proceso de
selección y perderán los derechos de participación.
Procedimientos para la aportación de documentación.

2.1 A través de la Sede Electrónica. Solicitud de admisión y documentos anexados:
se aportará tal y como se indica en el punto 1.1.1 de esta base y en el Apéndice 1, en los
puntos 1 «Tramitación de forma telemática» y 2 «Otros procedimientos para la
aportación de documentación».
Esta opción estará habilitada sólo durante el plazo de admisión de solicitudes.
2.2 Documentación adicional. Se remitirá a través de las Secretarías Generales,
Áreas de Reclutamiento y Órganos de Apoyo de las Subdelegaciones de Defensa u
Oficinas Delegadas (Apéndice 9), donde se empleará el Sistema de Mensajería de

cve: BOE-A-2021-7577
Verificable en https://www.boe.es

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