II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7574)
Resolución 452/381450/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

1.3

Sec. II.B. Pág. 54743

Ejército del Aire.
Sin exigencia de titulación de Técnico Superior

General

Especialidad fundamental

Título de Técnico Superior (a cursar)

Mantenimiento Aeronáutico.

Mantenimiento Aeromecánico de
aviones con motor de turbina.

Mantenimiento de Electrónica.

Mantenimiento de sistemas
electrónicos y aviónicos en
aeronaves.

Control Aéreo.
Administración.

Centro Docente
Militar de
Formación

Vía
(a)

Vía
(b)

Vía
(c)

Total
plazas

430

23

6

3

32

455

5

2

1

8

Sistemas de Telecomunicaciones e
informáticos.

426

3

1

1

5

Administración y finanzas.

437

13

4

2

19

44

13

7

64

ABA

Totales.

2.

Código

Notas.

2.1 Proceso de selección para ingreso con exigencia de Titulación de Técnico
Superior (TTS). Condiciones especificadas en la base segunda, apartados 1.2.1.
2.2 Proceso de selección para ingreso sin exigencia de Titulación de Técnico
Superior (TTS). Condiciones especificadas en la base segunda, apartado 1.2.2. Los
aspirantes deberán optar por una de las tres vías de acceso establecidas por el
artículo 47 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, indicando la vía elegida en la
solicitud de admisión - (a), (b), o (c) -. La distribución de plazas será:
– Un 70% de las plazas para la vía de acceso (a).
– Un 20% de las plazas para la vía de acceso (b).
– Un 10% de las plazas para la vía de acceso (c).
2.3 Los alumnos nombrados para las plazas ofertadas para la Armada deberán
tramitar, una vez ingresados en el centro de formación, la Habilitación Personal de
Seguridad en Grado RESERVADO, conforme a la NS/02 de la Autoridad Nacional de
Seguridad, de acuerdo a las instrucciones en vigor en la Armada.
Tercero.

Normas de acumulación de plazas.

1. En el proceso de selección para ingreso con exigencia de TTS las plazas no
cubiertas se acumularán al proceso de selección para el ingreso sin exigencia de TTS a
la misma especialidad fundamental y a la vía (a), (b) o (c) que corresponda, según el
apartado 2.2 del dispongo segundo.
2. En el proceso de selección para ingreso sin exigencia de TTS las plazas no
cubiertas se acumularán siguiendo los criterios preferenciales expuestos a continuación:
1.º Mismo código de plaza. Las plazas no cubiertas en alguna de las vías se
acumularán de forma proporcional al resto de las vías, de acuerdo con las siguientes
proporciones:
Plazas no cubiertas en la vía (a): 66,7 % vía (b), 33,3 % vía (c).
Plazas no cubiertas en la vía (b): 87,5 % vía (a), 12,5 % vía (c).
Plazas no cubiertas en la vía (c): 77,8 % vía (a), 22,2 % vía (b).
Los resultados obtenidos tras la aplicación de los porcentajes correspondientes a las
plazas sin cubrir, se expresarán con dos cifras decimales redondeados a la centésima.

cve: BOE-A-2021-7574
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