II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7574)
Resolución 452/381450/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54754
de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas y de la relación de aspirantes
propuestos para ingresar como alumnos en los centros docentes militares de formación.
Dependiente de ella, se constituirá una Secretaría de Procesos de Selección para dirigir,
coordinar y verificar el desarrollo de los procesos, compuesta por asesores especialistas
que actúan en auxilio de los Órganos de Selección para publicar o notificar sus actos, así
como para apoyo (de personal y material) y coordinación entre dichos Órganos de
Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación, órganos asesores y órganos de apoyo.
Dicha Secretaría también se encargará de hacer efectiva la reposición de bajas o no
presentaciones a la fase de acogida y periodo de orientación y adaptación a la vida
militar de los aspirantes, cuando corresponda.
Séptima. Orden de actuación.
En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se
iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «B», según lo establecido
en la Resolución de 21 de julio de 2020 (BOE número 201, de 24 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública o conforme se determine de acuerdo a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado.
Octava. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos
aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación.
Se realizará conforme a lo establecido en los anexos I y II de la Orden DEF/780/2011,
de 31 de marzo. Los resultados se expresarán con tres cifras decimales, redondeados a
la milésima.
De conformidad con la disposición final primera de la Orden DEF/780/2011, de 31 de
marzo, se realizan las siguientes modificaciones:
a) Queda modificado el apartado 2 méritos académicos, del anexo I de la citada
Orden, quedando redactado como sigue:
Puntos
Observaciones
A):
Vía acceso a): Título de Bachiller o
certificado superación de Bachillerato.
La nota media obtenida en el bachillerato, afectada de los siguientes coeficientes:
Modalidad de Artes x 1.
Entre 5 y 12
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales x 1,1.
Modalidad de Ciencias o Ciencias y Tecnología x 1,2.
Vía acceso b): Título de Técnico de Grado
Medio.
Entre 5 y 10 Nota media expediente académico del Título de Técnico.
Vía acceso c):
– Prueba de acceso a los ciclos formativos
de grado superior.
– Titulación contemplada en la letra b) de la Entre 5 y 10
disposición adicional tercera del Real
Decreto 1147/2011, de 29 de julio, excepto el
título de Bachiller
Calificación obtenida en la prueba de acceso a la formación profesional de grado
superior, siempre que las materias de la parte específica den opción de acceso a las
familias profesionales que contengan títulos de Técnico Superior requeridos para la
incorporación a la escala y para la adquisición de la especialidad fundamental que el
aspirante haya solicitado.
Nota media del expediente académico de la titulación que será la media aritmética de
las calificaciones de las materias cursadas.
B) Acceso a las enseñanzas universitarias.
Haber superado:
– La fase general de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias de grado.
– El bloque de asignaturas troncales de la Evaluación de Bachillerato para acceso a la
Universidad.
– La credencial o acreditación para aspirantes procedentes de otros sistemas
educativos.
1
cve: BOE-A-2021-7574
Verificable en https://www.boe.es
2. Méritos Académicos
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54754
de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas y de la relación de aspirantes
propuestos para ingresar como alumnos en los centros docentes militares de formación.
Dependiente de ella, se constituirá una Secretaría de Procesos de Selección para dirigir,
coordinar y verificar el desarrollo de los procesos, compuesta por asesores especialistas
que actúan en auxilio de los Órganos de Selección para publicar o notificar sus actos, así
como para apoyo (de personal y material) y coordinación entre dichos Órganos de
Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación, órganos asesores y órganos de apoyo.
Dicha Secretaría también se encargará de hacer efectiva la reposición de bajas o no
presentaciones a la fase de acogida y periodo de orientación y adaptación a la vida
militar de los aspirantes, cuando corresponda.
Séptima. Orden de actuación.
En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se
iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «B», según lo establecido
en la Resolución de 21 de julio de 2020 (BOE número 201, de 24 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública o conforme se determine de acuerdo a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado.
Octava. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos
aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación.
Se realizará conforme a lo establecido en los anexos I y II de la Orden DEF/780/2011,
de 31 de marzo. Los resultados se expresarán con tres cifras decimales, redondeados a
la milésima.
De conformidad con la disposición final primera de la Orden DEF/780/2011, de 31 de
marzo, se realizan las siguientes modificaciones:
a) Queda modificado el apartado 2 méritos académicos, del anexo I de la citada
Orden, quedando redactado como sigue:
Puntos
Observaciones
A):
Vía acceso a): Título de Bachiller o
certificado superación de Bachillerato.
La nota media obtenida en el bachillerato, afectada de los siguientes coeficientes:
Modalidad de Artes x 1.
Entre 5 y 12
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales x 1,1.
Modalidad de Ciencias o Ciencias y Tecnología x 1,2.
Vía acceso b): Título de Técnico de Grado
Medio.
Entre 5 y 10 Nota media expediente académico del Título de Técnico.
Vía acceso c):
– Prueba de acceso a los ciclos formativos
de grado superior.
– Titulación contemplada en la letra b) de la Entre 5 y 10
disposición adicional tercera del Real
Decreto 1147/2011, de 29 de julio, excepto el
título de Bachiller
Calificación obtenida en la prueba de acceso a la formación profesional de grado
superior, siempre que las materias de la parte específica den opción de acceso a las
familias profesionales que contengan títulos de Técnico Superior requeridos para la
incorporación a la escala y para la adquisición de la especialidad fundamental que el
aspirante haya solicitado.
Nota media del expediente académico de la titulación que será la media aritmética de
las calificaciones de las materias cursadas.
B) Acceso a las enseñanzas universitarias.
Haber superado:
– La fase general de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias de grado.
– El bloque de asignaturas troncales de la Evaluación de Bachillerato para acceso a la
Universidad.
– La credencial o acreditación para aspirantes procedentes de otros sistemas
educativos.
1
cve: BOE-A-2021-7574
Verificable en https://www.boe.es
2. Méritos Académicos