II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-7573)
Resolución 400/38143/2021, de 4 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54726
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
13.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a
elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 4 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce
García.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
1. La fase de oposición estará formada por un único ejercicio. Dicha prueba será de
carácter teórico y eliminatoria, y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de
setenta preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la
correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite. Podrán preverse tres
preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna
de las setenta anteriores. La prueba tendrá una duración de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 105 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 52,50 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas
tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por
ciento del valor de una pregunta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
2. En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo de 50 puntos, los
siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:
cve: BOE-A-2021-7573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54726
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
13.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a
elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 4 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce
García.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
1. La fase de oposición estará formada por un único ejercicio. Dicha prueba será de
carácter teórico y eliminatoria, y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de
setenta preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la
correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite. Podrán preverse tres
preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna
de las setenta anteriores. La prueba tendrá una duración de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 105 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 52,50 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas
tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por
ciento del valor de una pregunta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
2. En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo de 50 puntos, los
siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:
cve: BOE-A-2021-7573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109