III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2021-7642)
Resolución de 29 de abril de 2021, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establece el plazo para la presentación de planes de formación, los límites de gastos imputables a los mismos, el plazo de justificación y el baremo para la determinación de la cuantía individualizada de los fondos a transferir para la financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado para el ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 55412

Se ajustarán los importes medios por efectivo antes obtenidos para cada uno de los
promotores dentro de los límites definidos por esos valores mínimo y máximo. A aquellos
promotores cuyo importe medio por efectivo hubiera resultado superior al valor máximo
se les asignará como importe por efectivo el valor máximo; a aquellos promotores cuyo
importe medio por efectivo hubiera resultado inferior al valor mínimo se les asignará
como importe por efectivo el valor mínimo.
En la aplicación de los criterios anteriores se tendrá en cuenta siempre que la cuantía
máxima propuesta para conceder no podrá superar en ningún caso la cantidad
solicitada.
Tras aplicar los criterios previstos anteriormente, se pondrá en relación la suma total
de las cuantías individuales propuestas con los fondos totales disponibles para los
planes unitarios, obteniéndose así un factor de corrección que se aplicará sobre las
cuantías con el fin de ajustar dichas cuantías al total de fondos disponibles para cada
ejercicio.
Disposición adicional única.

Recursos.

1. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición o bien ser impugnada directamente ante el órgano
jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. El recurso potestativo de reposición se podrá interponer ante el órgano que la
dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. El recurso contencioso-administrativo se podrá interponer ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día
siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9.1.b) y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4. Cuando la resolución se haya recurrido en reposición, no se podrá interponer un
recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición haya sido resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Disposición final primera.

Eficacia.

Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-7642
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de abril de 2021.–La Directora del Instituto Nacional de Administración
Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X