II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-7604)
Resolución de 27 de abril de 2021, conjunta de la Universidad Autónoma de Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 55169
1.3 Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Segunda.
Solicitudes.
2.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, según el
modelo que acompaña a la presente Resolución en el anexo II, dirigiéndola al Registro
General de la Universidad Autónoma de Madrid, situado en el Edificio del Rectorado,
Ctra. Colmenar Viejo Km. 15.500, C/ Einstein número 3, 28049, Madrid, o en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de
veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», junto con los siguientes documentos:
Los solicitantes de dichas adaptaciones deberán adjuntar dictamen técnico
facultativo que acredite la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s para la realización
de la prueba concreta, con descripción detallada de los medios materiales y humanos,
de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que
precisen para la realización de la prueba, así como condiciones de accesibilidad que
haya de tener el recinto o espacio físico donde esta se desarrolle.
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la
realización de la prueba, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
La aportación de la documentación acreditativa correspondiente se hará durante el
plazo de presentación de solicitudes o bien dentro del plazo de subsanación establecido
en la presente convocatoria.
Los aspirantes, a los que se refiere el presente párrafo, que no soliciten las
adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se
entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse
solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, el Rector o persona en quien
delegue, determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con
discapacidad que hayan sido admitidas al concurso, así lo hayan solicitado y aportado la
documentación acreditativa anteriormente señalada, poder participar en las pruebas
selectivas en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
Las fotocopias compulsadas serán sustituidas por copias auténticas cuando la
solicitud se presente a través de un registro electrónico, en los términos dispuestos en el
artículo 27.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-7604
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad
vigente.
b) Fotocopia compulsada del documento que acredite el cumplimiento de los
requisitos específicos establecidos en la base primera, punto 1.2, de la presente
resolución.
c) Fotocopia compulsada del título de Doctor.
d) Fotocopia compulsada del dictamen técnico facultativo o certificado oficial en
vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate.
e) En caso de precisar alguna adaptación y al objeto de que se pueda garantizar la
igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las
medidas oportunas, se acompañará a la solicitud de participación en el concurso un
escrito solicitando las adaptaciones de tiempo y medios correspondientes (anexo III). En
ningún caso la adaptación podrá consistir en la exención de la realización del ejercicio.
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 55169
1.3 Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Segunda.
Solicitudes.
2.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, según el
modelo que acompaña a la presente Resolución en el anexo II, dirigiéndola al Registro
General de la Universidad Autónoma de Madrid, situado en el Edificio del Rectorado,
Ctra. Colmenar Viejo Km. 15.500, C/ Einstein número 3, 28049, Madrid, o en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de
veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», junto con los siguientes documentos:
Los solicitantes de dichas adaptaciones deberán adjuntar dictamen técnico
facultativo que acredite la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s para la realización
de la prueba concreta, con descripción detallada de los medios materiales y humanos,
de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que
precisen para la realización de la prueba, así como condiciones de accesibilidad que
haya de tener el recinto o espacio físico donde esta se desarrolle.
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la
realización de la prueba, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
La aportación de la documentación acreditativa correspondiente se hará durante el
plazo de presentación de solicitudes o bien dentro del plazo de subsanación establecido
en la presente convocatoria.
Los aspirantes, a los que se refiere el presente párrafo, que no soliciten las
adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se
entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse
solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, el Rector o persona en quien
delegue, determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con
discapacidad que hayan sido admitidas al concurso, así lo hayan solicitado y aportado la
documentación acreditativa anteriormente señalada, poder participar en las pruebas
selectivas en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
Las fotocopias compulsadas serán sustituidas por copias auténticas cuando la
solicitud se presente a través de un registro electrónico, en los términos dispuestos en el
artículo 27.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-7604
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad
vigente.
b) Fotocopia compulsada del documento que acredite el cumplimiento de los
requisitos específicos establecidos en la base primera, punto 1.2, de la presente
resolución.
c) Fotocopia compulsada del título de Doctor.
d) Fotocopia compulsada del dictamen técnico facultativo o certificado oficial en
vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate.
e) En caso de precisar alguna adaptación y al objeto de que se pueda garantizar la
igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las
medidas oportunas, se acompañará a la solicitud de participación en el concurso un
escrito solicitando las adaptaciones de tiempo y medios correspondientes (anexo III). En
ningún caso la adaptación podrá consistir en la exención de la realización del ejercicio.