III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2021-7535)
Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se regulan los Premios Reina Letizia.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 54470

2.º Dos personas representantes de entidades del Tercer Sector de Acción Social
del ámbito de la discapacidad, propuestas por la asociación de utilidad pública de ámbito
estatal que agrupe a las organizaciones más representativas de los distintos tipos de
discapacidad, presente en el Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad.
3.º Dos representantes cuya designación se realice a título personal por su
trayectoria profesional en la promoción y defensa de los derechos de las personas con
discapacidad.
c) Secretaría: actuará como secretario/a una persona funcionaria del Real
Patronato sobre Discapacidad, con voz y sin voto.
Artículo 8.

Criterios de valoración.

1. Investigación: Las candidaturas serán valoradas con arreglo a los siguientes
criterios, otorgándose una puntuación de cero a diez puntos en cada uno de ellos:
a) Experiencia y trayectoria del/de la solicitante y/o del equipo de investigación en
el tema.
b) Innovación.
c) Calidad científico-técnica de la metodología del trabajo.
d) Viabilidad, aplicabilidad y potencial del impacto social de las soluciones propuestas.
e) Posibilidad de inclusión en el sistema de salud y/o asistencial.
f) Proyección social del trabajo presentado, con valoración de los colectivos
implicados.
g) Aplicación y repercusión de la investigación tanto en el ámbito nacional como
internacional.

a) Realización de programas diseñados para la atención integral e inclusión social y
laboral de las personas con discapacidad en el campo educativo, profesional, de ocio y
tiempo libre y cultural.
b) Desarrollo de políticas sociales y/o actuaciones que garanticen la accesibilidad
de las personas con discapacidad al empleo, la salud, la educación, los servicios
sociales y la vivienda.
c) Realización de actuaciones que promuevan la accesibilidad de las personas con
discapacidad a las TIC.
d) Desarrollo de actuaciones y campañas de sensibilización que promuevan la
accesibilidad de las personas con discapacidad al transporte, al entorno urbano, a la
práctica deportiva, a los edificios y servicios oficiales, a la información, a las ofertas
culturales, a las actividades de ocio y a otras actividades comunitarias.
e) Desarrollo de actividades dedicadas a concienciar y difundir en el propio
municipio, aspectos relacionados con el ámbito de la discapacidad y la accesibilidad, así
como participación y colaboración en comisiones y actividades del movimiento asociativo
de las personas con discapacidad.
f) Aplicación de medios técnicos y/o económicos destinados a lograr la autonomía
personal de las personas con discapacidad en su entorno familiar, social, educativo y
laboral.
3. Promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad: Las
candidaturas serán valoradas con arreglo a los siguientes criterios, otorgándose una
puntuación de cero a diez puntos en cada uno de ellos:
a) Disponer de una política específica de incorporación de personas con
discapacidad, independientemente de su obligatoriedad o no.

cve: BOE-A-2021-7535
Verificable en https://www.boe.es

2. Accesibilidad y diseño universal en municipios: Las candidaturas serán valoradas
con arreglo a los siguientes criterios, otorgándose una puntuación de cero a diez puntos
en cada uno de ellos: