III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-7441)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, para la realización de prácticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Miércoles 5 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 53860

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
7441

Resolución de 29 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de
Andalucía Oriental, para la realización de prácticas.

Habiéndose suscrito el 29 de marzo de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo
a esta Resolución.
Madrid, 29 de abril de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el ilustre Colegio Oficial de Psicología de
Andalucía Oriental para la realización de prácticas
Madrid, a 29 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se nombran Ministros del
Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente
Convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Manuel Mariano Vera Martínez, en nombre y representación del
Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, en su condición de Decano
cuya representación ostenta en virtud de lo establecido en el artículo 38 de los Estatutos
de esta Corporación Profesional aprobados por Orden de 24 de octubre de 2008 de la
antigua Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía y toma
de posesión el 1 de diciembre de 2017, institución domiciliada en calle San Isidro, 23.
18005 Granada.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica

cve: BOE-A-2021-7441
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Primero.