III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-7458)
Orden APA/431/2021, de 26 de abril, por la que se definen las explotaciones de ganado y animales asegurables y sus condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, periodo de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado vacuno de reproducción y producción, comprendido en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 53981
ANEXO II
Valores de compensación en caso de inmovilización cautelar por fiebre aftosa
Tipo de animal
Euros/semana
Productivos (reproductores).
7
No productivos (recrías).
3
Con un periodo de inmovilización de 21 completos. Superado este periodo mínimo,
se compensará por todos los días de inmovilización hasta un máximo de 17 semanas por
todo el periodo de vigencia del seguro.
ANEXO III
Valor límite máximo a efectos de indemnización para todos los riesgos excepto:
fiebre aftosa, encefalopatía espongiforme bovina, saneamiento ganadero básico,
saneamiento extra, decomisos, inmovilizaciones, operaciones quirúrgicas, pérdida
de producción por muerte masiva y pérdida de producción por brote de mamitis
Explotaciones de régimen lácteo (*)
Edad de los animales productivos (reproductores) en meses
% sobre el valor
unitario
Hembra reproductora igual o mayor de 17 meses hasta el primer parto.
110
Hembra reproductora desde el primer parto a menor o igual de 39 meses.
125
Hembra reproductora mayor de 39 meses a menor o igual de 49 meses.
110
Hembra reproductora mayor de 49 meses a menor o igual de 59 meses.
95
Hembra reproductora mayor de 59 meses a menor o igual de 71 meses.
75
Hembra reproductora mayor de 71 meses a menor o igual de 83 meses.
60
Hembra reproductora mayor de 83 meses.
40
Semental igual o mayor de 24 meses a menor o igual de 59 meses.
Semental mayor de 59 meses.
120
60
Edad de los animales no productivos (recría) en meses.
Recría mayor de 1 mes a menor o igual de 3 meses.
% sobre el valor
unitario
60
Recría mayor de 3 meses a menor o igual de 6 meses.
100
Recría mayor de 6 meses a menor o igual de 10 meses.
130
Recría mayor de 10 meses a menor o igual de 14 meses.
160
Recría mayor de 14 meses.
200
Crías.
% sobre el valor unitario base medio ponderado
de las reproductoras
Crías.
12/5 (**)
(*) También para hembras de Centros de Reproducción oficialmente autorizados.
(**) Para la garantía básica: Las crías se valorarán al 12% del Valor Unitario Base medio de las
reproductoras.
cve: BOE-A-2021-7458
Verificable en https://www.boe.es
III.1
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 53981
ANEXO II
Valores de compensación en caso de inmovilización cautelar por fiebre aftosa
Tipo de animal
Euros/semana
Productivos (reproductores).
7
No productivos (recrías).
3
Con un periodo de inmovilización de 21 completos. Superado este periodo mínimo,
se compensará por todos los días de inmovilización hasta un máximo de 17 semanas por
todo el periodo de vigencia del seguro.
ANEXO III
Valor límite máximo a efectos de indemnización para todos los riesgos excepto:
fiebre aftosa, encefalopatía espongiforme bovina, saneamiento ganadero básico,
saneamiento extra, decomisos, inmovilizaciones, operaciones quirúrgicas, pérdida
de producción por muerte masiva y pérdida de producción por brote de mamitis
Explotaciones de régimen lácteo (*)
Edad de los animales productivos (reproductores) en meses
% sobre el valor
unitario
Hembra reproductora igual o mayor de 17 meses hasta el primer parto.
110
Hembra reproductora desde el primer parto a menor o igual de 39 meses.
125
Hembra reproductora mayor de 39 meses a menor o igual de 49 meses.
110
Hembra reproductora mayor de 49 meses a menor o igual de 59 meses.
95
Hembra reproductora mayor de 59 meses a menor o igual de 71 meses.
75
Hembra reproductora mayor de 71 meses a menor o igual de 83 meses.
60
Hembra reproductora mayor de 83 meses.
40
Semental igual o mayor de 24 meses a menor o igual de 59 meses.
Semental mayor de 59 meses.
120
60
Edad de los animales no productivos (recría) en meses.
Recría mayor de 1 mes a menor o igual de 3 meses.
% sobre el valor
unitario
60
Recría mayor de 3 meses a menor o igual de 6 meses.
100
Recría mayor de 6 meses a menor o igual de 10 meses.
130
Recría mayor de 10 meses a menor o igual de 14 meses.
160
Recría mayor de 14 meses.
200
Crías.
% sobre el valor unitario base medio ponderado
de las reproductoras
Crías.
12/5 (**)
(*) También para hembras de Centros de Reproducción oficialmente autorizados.
(**) Para la garantía básica: Las crías se valorarán al 12% del Valor Unitario Base medio de las
reproductoras.
cve: BOE-A-2021-7458
Verificable en https://www.boe.es
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