III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-7350)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y el Instituto Social de la Marina, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Martes 4 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 53395

Oficiales, los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Grado y Máster
Universitario contendrán una formación teórica y práctica y entre esta formación práctica
podrán incluirse prácticas externas. En este sentido, es necesario que la Universidad, a
propuesta del órgano responsable del desarrollo del programa formativo, establezca
acuerdos de colaboración con otras instituciones y organismos públicos y privados, así
como con empresas o industrias. Todas estas colaboraciones deberán contar con la
autorización previa de la Universidad, a propuesta del órgano responsable del desarrollo
del estudio.
Segundo.
Que el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios establece en el apartado primero
del artículo 2 que las prácticas académicas externas constituyen una actividad de
naturaleza formativa, realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por las
Universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. A su vez, el apartado
segundo señala que estas prácticas podrán realizarse en la propia universidad o en
entidades colaboradoras, tales como empresas, instituciones y entidades públicas y
privadas en el ámbito nacional e internacional.
Tercero.
Que, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de
enseñanzas universitarias oficiales contempla, tanto para los estudios de Grado como
para los de Máster, las prácticas externas como formación integrada en los planes de
estudios. De manera específica, el régimen de prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios se encuentra regulado por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector público y en virtud de la autorización contenida en la Resolución,
de 17 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se
autoriza la formación de convenios de colaboración con Universidades públicas o
privadas para la contratación de becarios que efectúen sus prácticas curriculares en las
entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Cuarto.

Quinto.
La ULPGC, creada por Ley Territorial 5/1989, de 4 de mayo, de Reorganización
Universitaria de Canarias, se rige por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades y por sus propios Estatutos y conforme a las citadas disposiciones, goza
de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar dentro de su ámbito de
actuación, teniendo entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la
ciencia, de la técnica y de la cultura, el Apoyo científico y técnico al desarrollo cultural,

cve: BOE-A-2021-7350
Verificable en https://www.boe.es

Que los convenios entre universidades y empresas o instituciones, de acuerdo con el
Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, constituyen uno de los fundamentos básicos para permitir, a
través de prácticas externas, la formación integral del alumnado universitario.
Las partes son conscientes de la importancia de las prácticas en instituciones
públicas y/o privadas, facilitando la preparación de los estudiantes para el ejercicio
profesional y, por ello, están interesados en colaborar en el desarrollo de las citadas
prácticas.