III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-7279)
Resolución de 23 de abril de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Repsol, para el desarrollo de actividades culturales del Instituto Cervantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Lunes 3 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 52824

Décima. Protección de datos de carácter personal.
Las Partes se remiten al Anexo II, «Anexo tratamiento de datos», en cuanto a las
obligaciones de cada uno en materia de tratamiento de datos de carácter personal.
Undécima.

Mecanismo de seguimiento y control del Convenio.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente Convenio se realizará
mediante el intercambio de la información entre las Partes y la elaboración de informes
de evaluación y de valoración de los resultados.
Cada parte designará a un responsable del seguimiento del presente Convenio.
Duodécima. Buen gobierno y código de ética y conducta de colaboradores y
proveedores.
Las actuaciones y colaboraciones de la Fundación Repsol tienen como base el
cumplimiento de una serie de premisas recogidas en su Código de Buen Gobierno
(disponible para consulta en: http://www.fundacionrepsol.com/es/la-fundacion/codigo-debuen-gobierno), en aras de una mayor transparencia y en línea con las mejores prácticas
de gobierno corporativo para el óptimo desarrollo y ejecución de sus fines fundacionales.
Dicho Código de Buen Gobierno tiene por objeto establecer las pautas generales que
deben regir la conducta de la Fundación Repsol, los miembros de su Patronato y demás
órganos y empleados de la misma, en el desarrollo de las actividades a través de las que
se materialicen los fines de la Fundación Repsol.
En virtud de la propia normativa interna de obligado cumplimiento para la Fundación
Repsol, atendiendo a sus propios fines fundacionales y al espíritu de su Código de Buen
Gobierno, resulta necesario que cualquier proyecto en el que colabore la Fundación
Repsol esté alineado con los compromisos y principios recogidos en dichos documentos,
asumiendo como propio el Instituto Cervantes el contenido obligacional de dicha
normativa en la medida en que le resulte de aplicación para la correcta ejecución del
Proyecto.
Asimismo, el Instituto Cervantes deberá respetar y cumplir las disposiciones
contenidas en el código de ética y conducta de colaboradores y proveedores de la
Fundación Repsol (disponible para consulta en http://www.fundacionrepsol.com/es/lafundacion/codigo-etica-conducta-proveedores), cuyo contenido el Instituto Cervantes
declara conocer, en la medida en que el mismo le sea aplicable a esta parte, atendidas
las características particulares del Proyecto.
Decimotercera.

Comunicaciones.

Todas las comunicaciones entre la Fundación Repsol y el Instituto Cervantes,
relativas a este Convenio, se harán por escrito y se entenderá que han sido debidamente
emitidas si han sido enviadas personalmente o mediante fax, burofax o cualquier otro
medio de comunicación electrónica, a las direcciones siguientes:

Gestor de Relaciones Institucionales.
C/ Méndez Álvaro, 44. 28045 Madrid.
Teléfono: 917538000 / correo electrónico: ia.delaiglesia@fundacionrepsol.com
Instituto Cervantes:
Jefa del Departamento de Promoción Comercial.
Calle Alcalá, 49, 28014 Madrid.
Teléfono: 915870241 / correo electrónico: victoria.rubini@cervantes.es

cve: BOE-A-2021-7279
Verificable en https://www.boe.es

Fundación Repsol: