III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-7216)
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Banco Santander, SA, para el patrocinio del sistema de gestión, reserva y venta de entradas del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 52594
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
7216
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes,
por la que se publica el Convenio con Banco Santander, SA, para el
patrocinio del sistema de gestión, reserva y venta de entradas del Museo
Nacional y Centro de Investigación de Altamira.
Con fecha 20 de abril de 2021 se ha firmado el Convenio entre el Ministerio de
Cultura y Deporte y el «Banco Santander, SA», para el patrocinio del sistema de gestión,
reserva y venta de entradas del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 21 de abril de 2021.–La Directora General de Bellas Artes, María Dolores
Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y el «Banco Santander, SA», para
el patrocinio del sistema de gestión, reserva y venta de entradas del Museo
Nacional y Centro de Investigación de Altamira
Madrid, 20 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Cultura y Deporte, representado por doña María
Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, Directora General de Bellas Artes,
designada mediante Real Decreto 861/2020, de 22 de septiembre y en virtud de las
competencias que le vienen conferidas en el artículo 5 apartado f) de la Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra, Banco Santander, SA, con CIF n.º A-39000013 y domicilio social en Paseo
Pereda, núms. 9-12, 39004 Santander, representada por don Manuel Ramón Iturbe
Robles, con NIF ***7565** en virtud de poder de fecha 8 de marzo de 2005,
protocolo 523 ante el notario del Ilustre Colegio de Burgos don José María de Prada
Díez, bajo el número 523 de su protocolo.
EXPONEN
I. Que conforme al artículo 15.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales corresponde al Ministerio de
Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
cve: BOE-A-2021-7216
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en el carácter con el que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para el otorgamiento del presente Convenio y, a tal efecto,
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 52594
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
7216
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes,
por la que se publica el Convenio con Banco Santander, SA, para el
patrocinio del sistema de gestión, reserva y venta de entradas del Museo
Nacional y Centro de Investigación de Altamira.
Con fecha 20 de abril de 2021 se ha firmado el Convenio entre el Ministerio de
Cultura y Deporte y el «Banco Santander, SA», para el patrocinio del sistema de gestión,
reserva y venta de entradas del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 21 de abril de 2021.–La Directora General de Bellas Artes, María Dolores
Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y el «Banco Santander, SA», para
el patrocinio del sistema de gestión, reserva y venta de entradas del Museo
Nacional y Centro de Investigación de Altamira
Madrid, 20 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Cultura y Deporte, representado por doña María
Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, Directora General de Bellas Artes,
designada mediante Real Decreto 861/2020, de 22 de septiembre y en virtud de las
competencias que le vienen conferidas en el artículo 5 apartado f) de la Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra, Banco Santander, SA, con CIF n.º A-39000013 y domicilio social en Paseo
Pereda, núms. 9-12, 39004 Santander, representada por don Manuel Ramón Iturbe
Robles, con NIF ***7565** en virtud de poder de fecha 8 de marzo de 2005,
protocolo 523 ante el notario del Ilustre Colegio de Burgos don José María de Prada
Díez, bajo el número 523 de su protocolo.
EXPONEN
I. Que conforme al artículo 15.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales corresponde al Ministerio de
Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
cve: BOE-A-2021-7216
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en el carácter con el que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para el otorgamiento del presente Convenio y, a tal efecto,