II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2021-7144)
Acuerdo de 28 de abril de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan plazas de Magistrado/a suplente para la Audiencia Nacional y de Juez/a sustituto/a de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, correspondiente al año judicial 2021/2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 52224
Se entenderán que renuncian al cargo quienes se negaren a prestar el juramento o
promesa o sin justa causa dejaren de comparecer para prestarlos o tomar posesión
dentro de los plazos establecidos, sin alegar justa causa.
Decimocuarta.
El llamamiento de magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos/as al ejercicio de
funciones judiciales tendrá un carácter excepcional, siendo preferente la sustitución entre
jueces y magistrados miembros de la carrera judicial, jueces de adscripción territorial,
jueces en expectativo de destino, jueces que estén desarrollando prácticas y
magistrados eméritos de conformidad con lo previsto en los artículos 200.2 y 213 en
relación con los artículos 199 y 210.1 f) y concordantes de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, así como en el apartado noveno de la Instrucción 1/2003, de 15 de enero, del
Pleno del Consejo General del Poder Judicial (BOE del día 25).
Decimoquinta.
En todo lo que no haya sido expresamente dispuesto en la presente convocatoria, se
aplicará la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio del Poder Judicial y el título V, artículos 91 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, sobre
magistrados suplentes y jueces sustitutos.
Decimosexta.
Los/as concursantes que no resulten nombrados/as dispondrán de un plazo de dos
años, computados a partir de la fecha de publicación de la resolución de este concurso y
consiguientes nombramientos en el «Boletín Oficial del Estado», para retirar la
documentación presentada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo en
el plazo expresado.
Decimoséptima.
La resolución del presente concurso y de los correspondientes nombramientos
acordados se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-7144
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.
Núm. 104
Sábado 1 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 52224
Se entenderán que renuncian al cargo quienes se negaren a prestar el juramento o
promesa o sin justa causa dejaren de comparecer para prestarlos o tomar posesión
dentro de los plazos establecidos, sin alegar justa causa.
Decimocuarta.
El llamamiento de magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos/as al ejercicio de
funciones judiciales tendrá un carácter excepcional, siendo preferente la sustitución entre
jueces y magistrados miembros de la carrera judicial, jueces de adscripción territorial,
jueces en expectativo de destino, jueces que estén desarrollando prácticas y
magistrados eméritos de conformidad con lo previsto en los artículos 200.2 y 213 en
relación con los artículos 199 y 210.1 f) y concordantes de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, así como en el apartado noveno de la Instrucción 1/2003, de 15 de enero, del
Pleno del Consejo General del Poder Judicial (BOE del día 25).
Decimoquinta.
En todo lo que no haya sido expresamente dispuesto en la presente convocatoria, se
aplicará la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio del Poder Judicial y el título V, artículos 91 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, sobre
magistrados suplentes y jueces sustitutos.
Decimosexta.
Los/as concursantes que no resulten nombrados/as dispondrán de un plazo de dos
años, computados a partir de la fecha de publicación de la resolución de este concurso y
consiguientes nombramientos en el «Boletín Oficial del Estado», para retirar la
documentación presentada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo en
el plazo expresado.
Decimoséptima.
La resolución del presente concurso y de los correspondientes nombramientos
acordados se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-7144
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.