II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado. (BOE-A-2021-7074)
Resolución de 23 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51418
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se consignarán el número de
orden y el nombre completo de la plaza a la que se opta.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L o P», según corresponda al
acceso libre (L) o a la promoción interna (P).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y
solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello
deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
adaptación solicitada.
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicarse la
Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, en caso de familia numerosa, deberá indicarse el número del
título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que
se posee en virtud de lo señalado en la base 4.
En el recuadro 27, apartado A, se consignará, en su caso, la segunda lengua elegida
por la persona aspirante.
En el recuadro 27, apartado B, se consignará «F», si es personal funcionario, y «L»,
si es personal laboral, para las personas aspirantes que participen por el sistema de
promoción interna.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,79 € para el sistema
general de acceso libre, y de 15,40 € para el sistema de promoción interna. El importe
reducido para familias numerosas será de 15,40 € para acceso libre y 7,70 € para
promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51418
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se consignarán el número de
orden y el nombre completo de la plaza a la que se opta.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L o P», según corresponda al
acceso libre (L) o a la promoción interna (P).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y
solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello
deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
adaptación solicitada.
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicarse la
Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, en caso de familia numerosa, deberá indicarse el número del
título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que
se posee en virtud de lo señalado en la base 4.
En el recuadro 27, apartado A, se consignará, en su caso, la segunda lengua elegida
por la persona aspirante.
En el recuadro 27, apartado B, se consignará «F», si es personal funcionario, y «L»,
si es personal laboral, para las personas aspirantes que participen por el sistema de
promoción interna.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,79 € para el sistema
general de acceso libre, y de 15,40 € para el sistema de promoción interna. El importe
reducido para familias numerosas será de 15,40 € para acceso libre y 7,70 € para
promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103