II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado. (BOE-A-2021-7074)
Resolución de 23 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51414
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o
privada, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por las personas aspirantes
que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o
análogas a las del Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
Al personal laboral fijo se le valorarán como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad. Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral
fijo: Hasta un máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el personal laboral y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o
privada, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por el tiempo de servicios
efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G –
TRADUCCION E INTERPRETACION del IV Convenio colectivo único para el personal
laboral de la Administración General del Estado vigente. Se valorará a razón de 1 punto
por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.
Se otorgará la misma puntuación por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones de traducción e interpretación directa e inversa de distintos
idiomas.
También se valorará la experiencia acreditada por las personas aspirantes que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a la
del Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según los modelos incluidos como
Anexos V y VI a esta Resolución, según corresponda.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51414
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o
privada, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por las personas aspirantes
que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o
análogas a las del Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
Al personal laboral fijo se le valorarán como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad. Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral
fijo: Hasta un máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el personal laboral y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o
privada, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por el tiempo de servicios
efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G –
TRADUCCION E INTERPRETACION del IV Convenio colectivo único para el personal
laboral de la Administración General del Estado vigente. Se valorará a razón de 1 punto
por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.
Se otorgará la misma puntuación por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones de traducción e interpretación directa e inversa de distintos
idiomas.
También se valorará la experiencia acreditada por las personas aspirantes que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a la
del Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según los modelos incluidos como
Anexos V y VI a esta Resolución, según corresponda.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
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