III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-7109)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa al Convenio con la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad y Distrito Castellana Norte, SA, para la redacción del proyecto constructivo de las pilas y pilotes de la losa de cubrimiento asociados al túnel de alta velocidad, en la cabecera sur de la estación de Chamartín.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Viernes 30 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 52029

2.6 La cláusula sexta «Incidencias de los Contratos» se renumera y pasa a ser la
cláusula novena, quedando redactada del siguiente modo:
«Novena. Incidencias de los contratos.
A los efectos de favorecer una adecuada coordinación entre las Fases 1 y 2
del Proyecto Constructivo de Pilas y Pilotes y los Proyectos Ferroviarios en Curso,
las Entidades Públicas facilitarán indistintamente, a los respectivos adjudicatarios
de los contratos y/o a DCN, cualquier información de carácter técnico que pudiese
resultar necesaria, permitiendo, previa autorización de ADIF y de ADIF-Alta
Velocidad, el acceso al recinto ferroviario para la toma de datos o la realización de
ensayos.
Asimismo, las Entidades Públicas se comprometen a colaborar activamente en
la definición y coordinación de los respectivos proyectos, asistiendo para ello a
todas las reuniones a las que sean convocadas por DCN o por cualquiera de los
adjudicatarios con una antelación mínima de 3 días hábiles.»
2.7 La cláusula séptima «Financiación de las actuaciones» se renumera y pasa a
ser la cláusula décima, quedando redactada con el siguiente tenor literal:
«Décima.

Financiación de las actuaciones.

10.1 De conformidad con lo previsto en este Convenio, DCN se compromete
a adelantar, en concepto de gastos de urbanización anticipados, honorarios por un
importe total estimado de 3.039.860 euros más IVA (en adelante, los “Honorarios”),
conforme al siguiente desglose:
(i) Fase 1 del Proyecto de Pilas y Pilotes: Honorarios estimados de 289.860
euros más IVA.
(ii) Fase 2 del Proyecto de Pilas y Pilotes: Honorarios estimados
de 2.750.000 euros más IVA, distribuidos de la siguiente manera:

La definición final de los Honorarios de licitación quedará reflejada en los
respectivos Pliegos de Condiciones, por lo que dichos Honorarios de licitación
serán objeto de validación previa por las Entidades Públicas.
No obstante lo anterior, el compromiso que las Partes adquieren en virtud de
este Convenio consiste en el adelanto por DCN, en concepto de gastos de
urbanización anticipados, de los Honorarios que finalmente correspondan por la
redacción de los proyectos incluidos en las Fases 1 y 2.
10.2 A los efectos del presente Convenio, tendrán la consideración de
Honorarios cualesquiera modificaciones del alcance de los trabajos de las Fases 1
y 2 del Proyecto Constructivo de Pilas y Pilotes que, requeridas por las Entidades
Públicas o DCN, den lugar a una revisión al alza del precio de los contratos que se
firmen con los adjudicatarios.
10.3 Los Honorarios serán pagados por DCN a los respectivos adjudicatarios
en concepto de gastos de urbanización anticipados, sobre la base de: (i) la futura
adquisición de la condición de propietaria dentro de los ámbitos APR 05.10 y
APE 05.31 de la MPG, conforme al Documento de Modificación; y (ii) la
consideración de las Fases 1 y 2 del Proyecto de Pilas y Pilotes como gastos de
urbanización, una vez consten incluidos en los Proyectos de Urbanización.
Por tanto, puesto que el anticipo de Honorarios a los adjudicatarios se
realizará en interés y con cargo a las respectivas Juntas de Compensación de los
APR 05.10 y APE 05.31 (o su equivalente en el caso de que no existiesen Juntas

cve: BOE-A-2021-7109
Verificable en https://www.boe.es

– Plan de Coordinación de la Cabecera Norte: 150.000 euros más IVA.
– Proyecto Básico de Cubrimiento de la Cabecera Norte: 700.000 euros más IVA.
– Proyectos de Pilas y Pilotes de la Cabecera Norte: 1.900.000 euros más IVA.