III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-7109)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa al Convenio con la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad y Distrito Castellana Norte, SA, para la redacción del proyecto constructivo de las pilas y pilotes de la losa de cubrimiento asociados al túnel de alta velocidad, en la cabecera sur de la estación de Chamartín.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Viernes 30 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 52028

2.4 La cláusula cuarta «Aprobación del Proyecto Constructivo de Pilas y Pilotes por
parte de ADIF y ADIF-Alta Velocidad» se renombra y queda redactada del siguiente
modo:
«Cuarta. Supervisión y aprobación de la Fase 1 del Proyecto de Pilas y Pilotes.
En virtud de lo establecido en la Cláusula 9, letra B, del Documento de
Modificación, todos los proyectos que integran la Fase 1 del Proyecto de Pilas y
Pilotes, esto es, el Proyecto Básico de Estructuras y los Proyectos Constructivos
de los Grupos A, C1 y C2 de Pilas y Pilotes, así como los trabajos
complementarios que se indican en el Pliego de Condiciones, deberán ser
aprobados por las Entidades Públicas, ADIF y ADIF-Alta Velocidad, antes de ser
debidamente visados o presentados ante cualesquiera otros organismos
administrativos.
La elaboración, supervisión y aprobación de estos proyectos se realizará
tomando como referencia los plazos previstos en la Cláusula Quinta de este
Convenio.
Si las Entidades Públicas hiciesen observaciones o solicitasen modificaciones
a los proyectos presentados, el/los adjudicatarios del/los contrato/s estarán
obligados a efectuarlas. En ese caso, las Partes acordarán un nuevo periodo para
la entrega de las nuevas versiones de los documentos que incorporen las
modificaciones solicitadas.
ADIF y ADIF-Alta Velocidad se comprometen, en la medida de lo posible, a
realizar las aprobaciones de los respectivos proyectos en los plazos indicados en
la Cláusula Quinta de este Convenio.
Se entenderá válida la aprobación de los respectivos proyectos emitida por la
Dirección de Actuaciones Técnicas de ADIF-Alta Velocidad y notificada a DCN
conforme a lo previsto en la cláusula decimoquinta del Convenio.»
2.5 La cláusula quinta «Plazo de ejecución de las actuaciones» se renombra y
queda redactada del siguiente modo:
«Quinta. Planificación de las actuaciones de la Fase 1 del Proyecto de Pilas y
Pilotes.
La planificación prevista por las Partes para la elaboración, supervisión y
aprobación de la Fase 1 del Proyecto de Pilas y Pilotes es la siguiente:

Estado

Proyecto Básico de estructuras.

21.06.2020

12 meses

Supervisión y Aprobación
en curso.

Proyecto Constructivo del Grupo A de
Pilas y Pilotes.

29.06.2020

5 meses

Supervisión y Aprobación
en curso.

Proyecto Constructivo del Grupo C1
de Pilas y Pilotes.

15.07.2020

4 meses

Supervisión y Aprobación
completada.

Proyecto Constructivo del Grupo C2
de Pilas y Pilotes.

30.09.2020

6 meses

Supervisión y Aprobación
en curso.

No obstante las previsiones incluidas en esta tabla, los plazos de supervisión y
aprobación de la Fase 1 del Proyecto de Pilas y Pilotes podrán suspenderse o
prorrogarse por motivos técnicos o de planificación debidamente acreditados por
las Partes.»

cve: BOE-A-2021-7109
Verificable en https://www.boe.es

Licitación

Fecha de
entrega para Supervisión y
Supervisión y Aprobación
Aprobación