II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2021-7080)
Orden de 6 de abril de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo de Jefa o Jefe de Servicio de Laboratorio en la Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Viernes 30 de abril de 2021

Artículo 7.

Sec. II.B. Pág. 51517

Resolución provisional.

1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente por la Directora o el
Director de la Administración de Justicia y se publicará simultáneamente en el Portal del
Personal de Justicia y la página web de justicia, www.justizia.eus.
2. La resolución provisional expresará el puesto de trabajo de origen y localidad de
la persona adjudicataria, la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados
y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.
3. Contra la resolución provisional cabrá formular alegaciones en el plazo de diez
días hábiles desde su publicación.
4. De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su
conformidad y aceptación de los datos contenidos, de la puntuación obtenida de la
valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.
5. El destino asignado provisionalmente no supone expectativa de derecho
respecto a la resolución definitiva del concurso.
Artículo 8. Resolución definitiva.
1. A la vista de las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá
definitivamente por Orden de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, y se
publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado.
2. El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses, contados
desde el día siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad
con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005.
3. La resolución deberá expresar el puesto de origen del personal funcionario a
quien se le adjudique destino.
4. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de localidad del personal funcionario; ocho días hábiles si
implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si
implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de
Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de
Melilla, en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es de origen o de destino.
Cuando se obtenga con la toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo
será de veinte días.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la resolución definitiva del concurso en el Boletín Oficial del País Vasco. Si
la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
computarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los
permisos o licencias que se encuentre disfrutando el personal funcionario, salvo que por
circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute
de los mismos.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo.
Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Decreto 16/1993, de 2 de
febrero, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquel personal
funcionario que hubiere obtenido un puesto de trabajo por este concurso específico
podrá renunciar a éste si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado,

cve: BOE-A-2021-7080
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Artículo 9.