II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2021-7080)
Orden de 6 de abril de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo de Jefa o Jefe de Servicio de Laboratorio en la Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51515
situación de excedencia, aportará fotocopia compulsada de la Resolución por la que se
le concedió la excedencia.
4. La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de
presentación de instancias, en el sentido de que no será posible modificar la misma. Si
alguien desea rectificar la instancia podrá presentar una nueva solicitud, antes de la
finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la
presentada anteriormente. Solamente se podrá renunciar a la participación del concurso
antes de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Artículo 4. Fases y baremo.
El presente concurso específico consta de dos fases:
1. Primera fase: valoración de los méritos generales. La puntuación máxima por
este concepto será de 72 puntos:
a) Antigüedad: por los servicios efectivos prestados como personal funcionario de
carrera en el Cuerpo de Médicos Forenses se otorgará dos puntos por cada año
completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores
(0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los
años de 360 días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos.
b) Conocimiento del euskera: la acreditación de un nivel de conocimiento del
euskera superior al exigido para el desempeño de la plaza supone el reconocimiento a
estos solos efectos de hasta 12 puntos. Este conocimiento deberá ser debidamente
acreditado mediante la certificación oficial u homologación del título aportado y del nivel
al que corresponde el título, que se deberá aportar en el plazo de presentación de
solicitudes.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, por el que se
regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas
de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de esta
Comunidad Autónoma se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Los puestos que no tengan asignado Perfil Lingüístico:
Perfil Lingüístico 2: 6 puntos
Perfil Lingüístico 3: 8 puntos.
Perfil Lingüístico 4: 12 puntos.
a) Por el desempeño de puestos de responsabilidad en gestión y/o dirección de
servicios en Instituciones sanitarias: 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados,
hasta un máximo de 5 puntos.
b) Por el desempeño de puestos de trabajo con funciones en materia toxicológica,
biológica y de análisis clínicos, conforme a lo establecido en la relación de puestos de
trabajo: 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 10
puntos.
c) Por formación específica en las materias o disciplinas propias de las funciones
del puesto: 0,2 puntos por cada 10 horas de formación recibida, hasta un máximo de 4
puntos.
Sólo se valorarán como méritos de este apartado los cursos de perfeccionamiento
convocados y organizados por Universidades, institutos o escuelas oficiales, y otras
entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
En este apartado se tendrá en cuenta los títulos académicos oficiales relacionados con el
cve: BOE-A-2021-7080
Verificable en https://www.boe.es
2. Segunda fase: valoración de los méritos específicos. La puntuación máxima por
este concepto será de 43 puntos.
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51515
situación de excedencia, aportará fotocopia compulsada de la Resolución por la que se
le concedió la excedencia.
4. La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de
presentación de instancias, en el sentido de que no será posible modificar la misma. Si
alguien desea rectificar la instancia podrá presentar una nueva solicitud, antes de la
finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la
presentada anteriormente. Solamente se podrá renunciar a la participación del concurso
antes de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Artículo 4. Fases y baremo.
El presente concurso específico consta de dos fases:
1. Primera fase: valoración de los méritos generales. La puntuación máxima por
este concepto será de 72 puntos:
a) Antigüedad: por los servicios efectivos prestados como personal funcionario de
carrera en el Cuerpo de Médicos Forenses se otorgará dos puntos por cada año
completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores
(0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los
años de 360 días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos.
b) Conocimiento del euskera: la acreditación de un nivel de conocimiento del
euskera superior al exigido para el desempeño de la plaza supone el reconocimiento a
estos solos efectos de hasta 12 puntos. Este conocimiento deberá ser debidamente
acreditado mediante la certificación oficial u homologación del título aportado y del nivel
al que corresponde el título, que se deberá aportar en el plazo de presentación de
solicitudes.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, por el que se
regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas
de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de esta
Comunidad Autónoma se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Los puestos que no tengan asignado Perfil Lingüístico:
Perfil Lingüístico 2: 6 puntos
Perfil Lingüístico 3: 8 puntos.
Perfil Lingüístico 4: 12 puntos.
a) Por el desempeño de puestos de responsabilidad en gestión y/o dirección de
servicios en Instituciones sanitarias: 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados,
hasta un máximo de 5 puntos.
b) Por el desempeño de puestos de trabajo con funciones en materia toxicológica,
biológica y de análisis clínicos, conforme a lo establecido en la relación de puestos de
trabajo: 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 10
puntos.
c) Por formación específica en las materias o disciplinas propias de las funciones
del puesto: 0,2 puntos por cada 10 horas de formación recibida, hasta un máximo de 4
puntos.
Sólo se valorarán como méritos de este apartado los cursos de perfeccionamiento
convocados y organizados por Universidades, institutos o escuelas oficiales, y otras
entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
En este apartado se tendrá en cuenta los títulos académicos oficiales relacionados con el
cve: BOE-A-2021-7080
Verificable en https://www.boe.es
2. Segunda fase: valoración de los méritos específicos. La puntuación máxima por
este concepto será de 43 puntos.