III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-7020)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, por la que se publica la Encomienda de gestión al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para el incremento de la seguridad preventiva mediante acceso a publicidad formal por vía telemática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 51134
dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se
integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.
Teniendo la FNMT-RCM necesidad de recibir determinada información de los
registros mercantiles (en aplicación de la normativa sobre firma electrónica) y no
disponiendo de tal información, habiendo llegado las Partes a un acuerdo sobre las
condiciones técnicas y económicas en las que se realizarán tales actividades técnicas, lo
formalizan por medio de la presente encomienda de gestión para el acceso a servicios
de publicidad formal por vía telemática, el cual se regirá por las siguientes
CONDICIONES
Primera.
Objeto.
1.1 Actividad del CORPME: El objeto de la presente encomienda es establecer las
condiciones conforme a las cuales el CORPME prestará el servicio de consulta, por parte
de la FNMT-RCM, de cargos inscritos para la expedición de certificados de firma
electrónica de representación, así como la notificación de revocación de cargos o
extinción de la sociedad, que permita la revocación de certificados de representación.
El servicio de consulta de cargos consistirá en proporcionar, por el CORPME a la
FNMT-RCM, información sobre inscripción de los administradores únicos y solidarios. No
obstante, se trata de un servicio abierto y flexible que podrá ser ampliado, por necesidad
del encomendante y disponibilidad del CORPME, para permitir la consulta sobre otras
formas de administración como administradores mancomunados, consejos de
administración y sus consejeros delegados.
El CORPME pondrá a disposición de la FNMT-RCM un servicio «on line» no
exclusivo, a través del que la Fábrica podrá consultar si un usuario que solicita un
certificado de representación es administrador de una entidad inscrita y, en caso de
serlo, si es administrador único o solidario.
1.2 Actividades complementarias de FNMT-RCM: Por otra parte, cuando el
certificado de representación haya sido expedido, la FNMT-RCM lo notificará al
CORPME para que éste tenga constancia de ello y pueda, a su vez, notificar a la FNMT
cualquier cambio que afecte bien a la vigencia del cargo y/o cambios producidos en
relación con la sociedad durante el periodo de vigencia del certificado expedido. Por
último, la FNMT-RCM notificará al CORPME las revocaciones de certificados de
representación que se produzcan.
1.3 Acceso a la información: El CORPME se obliga a permitir el acceso y la
comunicación de la aplicación/sistema de expedición de certificados electrónicos de
representación de la FNMT-RCM con el servidor web del Colegio de Registradores para
que éste pueda realizar de forma automática las consultas de información registral en la
forma que técnicamente ambas Partes han determinado. La FNMT-RCM y el CORPME
serán responsables de que sus equipos tengan las características técnicas adecuadas,
para que la recepción de la información solicitada se realice en las mejores condiciones
posibles. Dichas características técnicas se adecuarán al uso que del servicio se haga.
Duracion-Resolucion Anticipada.
2.1 Duración: La presente encomienda entra en vigor en el día de su firma y tendrá
una duración de un año. Alcanzada su fecha de terminación, si las actividades de
carácter material y técnico de esta encomienda siguieran siendo necesarias, se
prorrogará por otro periodo anual. Para ello, treinta días antes del vencimiento inicial, la
FNMT-RCM y el CORPME suscribirán una adenda para su renovación.
No obstante, la FNMT-RCM podrá, en cualquier momento, dar por finalizada la
encomienda si las actividades y/o condiciones objeto de la misma ya no fueran
necesarias para el propósito para el que fueron concebidas. Para ello, la FNMT-RCM
notificará a CORPME su deseo de extinguir la encomienda con, al menos, 2 meses de
antelación a la fecha propuesta para su finalización.
cve: BOE-A-2021-7020
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 102
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 51134
dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se
integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.
Teniendo la FNMT-RCM necesidad de recibir determinada información de los
registros mercantiles (en aplicación de la normativa sobre firma electrónica) y no
disponiendo de tal información, habiendo llegado las Partes a un acuerdo sobre las
condiciones técnicas y económicas en las que se realizarán tales actividades técnicas, lo
formalizan por medio de la presente encomienda de gestión para el acceso a servicios
de publicidad formal por vía telemática, el cual se regirá por las siguientes
CONDICIONES
Primera.
Objeto.
1.1 Actividad del CORPME: El objeto de la presente encomienda es establecer las
condiciones conforme a las cuales el CORPME prestará el servicio de consulta, por parte
de la FNMT-RCM, de cargos inscritos para la expedición de certificados de firma
electrónica de representación, así como la notificación de revocación de cargos o
extinción de la sociedad, que permita la revocación de certificados de representación.
El servicio de consulta de cargos consistirá en proporcionar, por el CORPME a la
FNMT-RCM, información sobre inscripción de los administradores únicos y solidarios. No
obstante, se trata de un servicio abierto y flexible que podrá ser ampliado, por necesidad
del encomendante y disponibilidad del CORPME, para permitir la consulta sobre otras
formas de administración como administradores mancomunados, consejos de
administración y sus consejeros delegados.
El CORPME pondrá a disposición de la FNMT-RCM un servicio «on line» no
exclusivo, a través del que la Fábrica podrá consultar si un usuario que solicita un
certificado de representación es administrador de una entidad inscrita y, en caso de
serlo, si es administrador único o solidario.
1.2 Actividades complementarias de FNMT-RCM: Por otra parte, cuando el
certificado de representación haya sido expedido, la FNMT-RCM lo notificará al
CORPME para que éste tenga constancia de ello y pueda, a su vez, notificar a la FNMT
cualquier cambio que afecte bien a la vigencia del cargo y/o cambios producidos en
relación con la sociedad durante el periodo de vigencia del certificado expedido. Por
último, la FNMT-RCM notificará al CORPME las revocaciones de certificados de
representación que se produzcan.
1.3 Acceso a la información: El CORPME se obliga a permitir el acceso y la
comunicación de la aplicación/sistema de expedición de certificados electrónicos de
representación de la FNMT-RCM con el servidor web del Colegio de Registradores para
que éste pueda realizar de forma automática las consultas de información registral en la
forma que técnicamente ambas Partes han determinado. La FNMT-RCM y el CORPME
serán responsables de que sus equipos tengan las características técnicas adecuadas,
para que la recepción de la información solicitada se realice en las mejores condiciones
posibles. Dichas características técnicas se adecuarán al uso que del servicio se haga.
Duracion-Resolucion Anticipada.
2.1 Duración: La presente encomienda entra en vigor en el día de su firma y tendrá
una duración de un año. Alcanzada su fecha de terminación, si las actividades de
carácter material y técnico de esta encomienda siguieran siendo necesarias, se
prorrogará por otro periodo anual. Para ello, treinta días antes del vencimiento inicial, la
FNMT-RCM y el CORPME suscribirán una adenda para su renovación.
No obstante, la FNMT-RCM podrá, en cualquier momento, dar por finalizada la
encomienda si las actividades y/o condiciones objeto de la misma ya no fueran
necesarias para el propósito para el que fueron concebidas. Para ello, la FNMT-RCM
notificará a CORPME su deseo de extinguir la encomienda con, al menos, 2 meses de
antelación a la fecha propuesta para su finalización.
cve: BOE-A-2021-7020
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.