III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2021-7041)
Resolución de 20 de abril de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención Psicosocial a Personas con Trastorno Mental Grave de Valencia y la Universidad CEU Cardenal Herrera, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 51253
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan:
EXPONEN
I
Que por el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se
modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a dicho Ministerio, a
través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad gestora de la
Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica
y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, como también el establecimiento y gestión de Centros de Atención
especializada o de aquellos a los que se les atribuyan objetivos especiales de
investigación y ámbito de actuación estatal.
Que el artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, configura,
dentro de la red de centros para la autonomía y atención a la dependencia a los centros
de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y
cuidado de situaciones de dependencia.
La Orden SSI/2416/2014, de 17 de diciembre, crea y regula el Centro de Referencia
Estatal de Atención Psicosocial a Personas con Trastorno Mental Grave, configurándolo
como un centro del Imserso y estableciendo sus fines, entre los que se encuentran
promover en todo el territorio del Estado la investigación en materias relacionadas con
los trastornos mentales graves, la innovación y mejora de los recursos de este sector y la
formación de los profesionales que trabajan con este colectivo, la prestación de servicios
de alta especialización con la finalidad de desarrollar buenas prácticas que sirvan de
referencia a los demás recursos del sector y facilitar información y asistencia técnica a
cuantas entidades públicas y privadas, profesionales y demás personas estén
interesadas en la atención sociosanitaria a las personas con trastornos mentales y a sus
familias cuidadoras.
Que la Universidad CEU Cardenal Herrera (en adelante CEU-UCH), fomentará y
regulará las prácticas y estancias en empresas y organismos que contribuyan a la
formación de los estudiantes en combinación con su actividad académica.
Que ambas partes, considerando que tienen objetivos coincidentes y
complementarios para sus fines institucionales, estiman de interés el establecimiento de
un marco permanente de colaboración que permita la integración en el CREAP, a efectos
de prácticas curriculares, de estudiantes propuestos por la CEU-UCH.
En consecuencia, las partes firmantes, en virtud del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los universitarios, y del Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario, y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas de la
CEU-UCH, normativa reguladora de prácticas externas,en cuanto deba entenderse
vigente, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
cve: BOE-A-2021-7041
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 51253
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan:
EXPONEN
I
Que por el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se
modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a dicho Ministerio, a
través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad gestora de la
Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica
y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, como también el establecimiento y gestión de Centros de Atención
especializada o de aquellos a los que se les atribuyan objetivos especiales de
investigación y ámbito de actuación estatal.
Que el artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, configura,
dentro de la red de centros para la autonomía y atención a la dependencia a los centros
de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y
cuidado de situaciones de dependencia.
La Orden SSI/2416/2014, de 17 de diciembre, crea y regula el Centro de Referencia
Estatal de Atención Psicosocial a Personas con Trastorno Mental Grave, configurándolo
como un centro del Imserso y estableciendo sus fines, entre los que se encuentran
promover en todo el territorio del Estado la investigación en materias relacionadas con
los trastornos mentales graves, la innovación y mejora de los recursos de este sector y la
formación de los profesionales que trabajan con este colectivo, la prestación de servicios
de alta especialización con la finalidad de desarrollar buenas prácticas que sirvan de
referencia a los demás recursos del sector y facilitar información y asistencia técnica a
cuantas entidades públicas y privadas, profesionales y demás personas estén
interesadas en la atención sociosanitaria a las personas con trastornos mentales y a sus
familias cuidadoras.
Que la Universidad CEU Cardenal Herrera (en adelante CEU-UCH), fomentará y
regulará las prácticas y estancias en empresas y organismos que contribuyan a la
formación de los estudiantes en combinación con su actividad académica.
Que ambas partes, considerando que tienen objetivos coincidentes y
complementarios para sus fines institucionales, estiman de interés el establecimiento de
un marco permanente de colaboración que permita la integración en el CREAP, a efectos
de prácticas curriculares, de estudiantes propuestos por la CEU-UCH.
En consecuencia, las partes firmantes, en virtud del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los universitarios, y del Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario, y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas de la
CEU-UCH, normativa reguladora de prácticas externas,en cuanto deba entenderse
vigente, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
cve: BOE-A-2021-7041
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102