III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-7033)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del sistema de información urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 51216

La Consejería de Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, a través de la
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo ejercerá las funciones
inherentes a la dirección, planificación, impulso, gestión y coordinación de las
competencias que, en materia de urbanismo, ordenación del territorio y del litoral, tiene
atribuidas la consejería con la finalidad de favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible
del territorio; contribuir a elevar la calidad de vida y la cohesión social de la población y
proteger y potenciar el patrimonio natural y cultural, sin perjuicio de las competencias
atribuidas a otros órganos.
Consecuencia del mandado legal del artículo 31 de la Ley 10/1995, de 23 de
noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, a través de la Ley 6/2007, de 11 de
mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia,
se crea el Instituto de Estudios del Territorio (IET) y se dispone su adscripción a la
consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, al tiempo que
se regulan los aspectos indicados en la mencionada Ley 10/1995, do 23 de noviembre
El Instituto de Estudios del Territorio ( IET), organismo autónomo de la Xunta de
Galicia, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, fue creado por
la Ley 6/2007, de 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del
territorio y del litoral de Galicia, en virtud del mandato recogido en la Ley 10/1995, de 23
de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y cuyos estatutos fueron aprobados
por el Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, y modificados por el Decreto 14/2017,
de 26 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de ordenación de la información
geográfica y de la actividad cartográfica de Galicia, ejerce, entre otras, las siguientes
funciones:
– Realizar trabajos de investigación, análisis, estudio y difusión sobre urbanismo y
ordenación del territorio, y en particular, el impulso de la cooperación con todas las
administraciones públicas con competencia en el territorio, especialmente con las
administraciones locales, con el fin de promover el desarrollo de políticas comunes,
debidamente coordinadas y programadas, que aseguren el cumplimiento de los fines de
protección, gestión y ordenación anteriormente señalados.
– Prestar asistencia y asesoramiento a los ayuntamientos de Galicia para la
elaboración del planeamiento urbanístico y la gestión y ejecución del planeamiento, con
el fin de implementar las políticas de paisaje en la planificación urbanística y territorial.
– La recopilación y el tratamiento de la información del territorio gallego, así como la
producción cartográfica para las diferentes consejerías y organismos públicos de la
Comunidad Autónoma de Galicia, especialmente en materia agraria y de desarrollo rural,
lo que incluye, en particular:
• Coordinación y difusión de la información geográfica y cartográfica necesaria para
el desarrollo de los estudios territoriales y urbanísticos de las diferentes consejerías y
organismos públicos de la Comunidad Autónoma, así como el apoyo técnico a la difusión
y formación de actuaciones en materia de información geográfica desenvueltas por la
Xunta de Galicia o en coordinación con ella.
• Gestionar los sistemas de información corporativos vinculados al territorio a partir
de las bases de datos cartográficas y espaciales existentes en la consejería y en el resto
de los órganos de la Administración general y entidades del sector público autonómico
de Galicia que así lo demanden, así como cualquier otra información que se pueda
localizar sobre el territorio y que sea susceptible de ser incorporada con su referencia
geográfica para la gestión de la Infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG).
Incentivar la innovación, la adopción y el desarrollo de tecnologías e infraestructuras
propias en el campo de información geográfica del territorio gallego. Asimismo, se
abordará la planificación y el desarrollo de servicios de valor añadido y de nuevos
sistemas y aplicaciones en materia de información geográfica para Galicia.

cve: BOE-A-2021-7033
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Núm. 102