V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2021-20930)
Extracto de la Orden de 22 de abril 2021 por la que se convocan para el ejercicio 2021 las subvenciones previstas en el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias o empresas de servicios que garanticen préstamos para financiar la adquisición de maquinaria agrícola
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Jueves 29 de abril de 2021

Sec. V-B. Pág. 27150

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

20930

Extracto de la Orden de 22 de abril 2021 por la que se convocan para el
ejercicio 2021 las subvenciones previstas en el Real Decreto 244/2021,
de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad
Anónima Estatal de Caución agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de
explotaciones agrarias o empresas de servicios que garanticen
préstamos para financiar la adquisición de maquinaria agrícola

BDNS (Identif.): 559509.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
559509)
Primero. Beneficiarios.
Podrán acogerse a estas ayudas titulares de explotaciones agrarias y
empresas que presten servicios agrarios que suscriban avales con SAECA en el
marco de préstamos avalados por dicha entidad para la adquisición de maquinaria
agrícola nueva, más concretamente:
a) Titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro General de la
Producción Agrícola (REGEPA) establecido por el Real Decreto 9/2015, de 16 de
enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa
comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, o en el
Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido por el Real Decreto
479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de
explotaciones ganaderas. Se consideran titulares tanto personas físicas como
jurídicas y agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin
personalidad jurídica, agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y
agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. En el caso de explotaciones cuyo
titular sea una entidad asociativa, sus miembros también podrán ser beneficiarios
individualmente de estas subvenciones.
b) Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por
tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el
912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas, incluyendo quienes
tengan por actividad alquilar bajo cualquier forma jurídica maquinaria agrícola para
uso en agricultura.

Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión del
aval de SAECA y de la comisión de estudio del aval de SAECA, para la adquisición
de maquinaria agrícola nueva.
El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio,
el 0,50 % del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y
para la comisión del aval, el 1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo
avalado.

cve: BOE-B-2021-20930
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Objeto.