II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2021-6901)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de abril de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 50121
Proceso selectivo
El proceso selectivo se ajustará a estas bases específicas comunes y a lo previsto en
el anexo de normas específicas.
2.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos en el proceso selectivo. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado» con la relación de aspirantes excluidos, se indicarán los lugares en
los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos
y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación, así como el
lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
2.2 Los ejercicios primero y primera parte del tercero de la fase de oposición se
desarrollarán de forma descentralizada, en las sedes que se establezcan según lo
previsto en el anexo IV.
2.3 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de 12 meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de cuatro
meses desde la publicación de esta convocatoria.
2.4 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra «B» según lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en las direcciones de internet que se
indican en la base 2.12 y en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en
la sede del Tribunal calificador señalada en la base 4.8, así como por cualquier otro
medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
2.6 El órgano de selección podrá convocar a la realización de los ejercicios del
proceso selectivo y de sus especialidades en el mismo día y a la misma hora, con el fin
de garantizar los principios de agilidad y eficacia. Los aspirantes serán convocados a
cada prueba en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan al mismo, salvo lo previsto en la base 6.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios de este proceso podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos.
2.7 El proceso selectivo incluirá la superación de un periodo de prácticas. Para la
realización de este periodo de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.8 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino
adjudicado.
2.9 No se podrán declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas en cada uno de ellos.
2.10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
aspirantes que superen el proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando
exclusivamente medios electrónicos.
2.11 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo
electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de
Registro Telemático.
2.12 La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo,
así como los actos que deriven de su ejecución, se publicarán en la dirección de
Internet www.agenciatributaria.es («Empleo Público»), así como en la página web
cve: BOE-A-2021-6901
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 50121
Proceso selectivo
El proceso selectivo se ajustará a estas bases específicas comunes y a lo previsto en
el anexo de normas específicas.
2.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos en el proceso selectivo. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado» con la relación de aspirantes excluidos, se indicarán los lugares en
los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos
y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación, así como el
lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
2.2 Los ejercicios primero y primera parte del tercero de la fase de oposición se
desarrollarán de forma descentralizada, en las sedes que se establezcan según lo
previsto en el anexo IV.
2.3 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de 12 meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de cuatro
meses desde la publicación de esta convocatoria.
2.4 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra «B» según lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en las direcciones de internet que se
indican en la base 2.12 y en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en
la sede del Tribunal calificador señalada en la base 4.8, así como por cualquier otro
medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
2.6 El órgano de selección podrá convocar a la realización de los ejercicios del
proceso selectivo y de sus especialidades en el mismo día y a la misma hora, con el fin
de garantizar los principios de agilidad y eficacia. Los aspirantes serán convocados a
cada prueba en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan al mismo, salvo lo previsto en la base 6.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios de este proceso podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos.
2.7 El proceso selectivo incluirá la superación de un periodo de prácticas. Para la
realización de este periodo de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.8 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino
adjudicado.
2.9 No se podrán declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas en cada uno de ellos.
2.10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
aspirantes que superen el proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando
exclusivamente medios electrónicos.
2.11 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo
electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de
Registro Telemático.
2.12 La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo,
así como los actos que deriven de su ejecución, se publicarán en la dirección de
Internet www.agenciatributaria.es («Empleo Público»), así como en la página web
cve: BOE-A-2021-6901
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 101