III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6941)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Dirección General de Análisis Macroeconómico, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 50867
vertebración territorial, así como de la incidencia de las variaciones de precios
autorizados.
ñ) La preparación de proyectos normativos en las materias de competencia de la
Dirección General de Análisis Macroeconómico.
o) La definición del programa de trabajo que ha de desarrollar la red de Oficinas
Económicas y Comerciales en materia de seguimiento de la actividad y la política
económica, en colaboración con la Secretaría de Estado de Comercio.
Y dentro de los ámbitos de actividad que le son propios, desea participar en la
formación de universitarios con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el
conocimiento de la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo
profesional, favorecer el desarrollo de competencias en este ámbito, el emprendimiento y
la empleabilidad del estudiante. Se fomentará que las prácticas sean accesibles para los
estudiantes con discapacidad y se procurará la disposición de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
3) Lo anteriormente expuesto se desarrolla en el marco de lo establecido en el
Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Real Decreto 1791/2010, de 30 de
diciembre, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes tienen y se reconocen capacidad legal suficiente para obligarse, a
efectos de este Convenio y por ello acuerdan las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer un Programa de Prácticas Externas
entre la Dirección General de Análisis Macroeconómico y la UAM para los estudiantes de
la misma, integradas en su formación académica.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la formación y
competencias de los estudiantes y de su realización no se derivarán, en ningún caso,
obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en ningún
caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Las condiciones particulares de cada práctica se establecen en el Anexo I, cuyo
modelo figura al final de este convenio.
Régimen jurídico.
El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico previsto en los artículos 47
a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a lo
establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el Real Decreto 1791/2010,
de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario y en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios. Asimismo el Real Decreto 1493/2011, de 24
de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el
Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas
de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del
sistema de la Seguridad Social, establece los términos y condiciones para la inclusión en
el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas
de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, siendo
igualmente de aplicación la Disposición adicional vigesimosexta de la Ley 18/2014, de 15
cve: BOE-A-2021-6941
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 50867
vertebración territorial, así como de la incidencia de las variaciones de precios
autorizados.
ñ) La preparación de proyectos normativos en las materias de competencia de la
Dirección General de Análisis Macroeconómico.
o) La definición del programa de trabajo que ha de desarrollar la red de Oficinas
Económicas y Comerciales en materia de seguimiento de la actividad y la política
económica, en colaboración con la Secretaría de Estado de Comercio.
Y dentro de los ámbitos de actividad que le son propios, desea participar en la
formación de universitarios con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el
conocimiento de la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo
profesional, favorecer el desarrollo de competencias en este ámbito, el emprendimiento y
la empleabilidad del estudiante. Se fomentará que las prácticas sean accesibles para los
estudiantes con discapacidad y se procurará la disposición de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
3) Lo anteriormente expuesto se desarrolla en el marco de lo establecido en el
Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Real Decreto 1791/2010, de 30 de
diciembre, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes tienen y se reconocen capacidad legal suficiente para obligarse, a
efectos de este Convenio y por ello acuerdan las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer un Programa de Prácticas Externas
entre la Dirección General de Análisis Macroeconómico y la UAM para los estudiantes de
la misma, integradas en su formación académica.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la formación y
competencias de los estudiantes y de su realización no se derivarán, en ningún caso,
obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en ningún
caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Las condiciones particulares de cada práctica se establecen en el Anexo I, cuyo
modelo figura al final de este convenio.
Régimen jurídico.
El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico previsto en los artículos 47
a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a lo
establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el Real Decreto 1791/2010,
de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario y en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios. Asimismo el Real Decreto 1493/2011, de 24
de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el
Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas
de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del
sistema de la Seguridad Social, establece los términos y condiciones para la inclusión en
el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas
de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, siendo
igualmente de aplicación la Disposición adicional vigesimosexta de la Ley 18/2014, de 15
cve: BOE-A-2021-6941
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Segunda.