I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Seguridad industrial. (BOE-A-2021-6879)
Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Miércoles 28 de abril de 2021
B)

Sec. I. Pág. 50047

Conocimientos prácticos

1. Montaje y puesta en servicio de instalaciones de baja tensión que estén
comprendidas en el ámbito de este reglamento y que estén reservadas a la
categoría de especialista.
2. Verificación, mantenimiento y reparación de instalaciones de baja tensión
que estén comprendidas en el ámbito de este reglamento y que estén reservadas a
la categoría de especialista:
2.1 Verificación inicial de instalaciones, en función de sus características, y de
acuerdo a la normativa vigente.
2.2 Mantenimiento y reparación de instalaciones.
2.3 Mantenimiento o reparación de la aparamenta de protección, control,
seccionamiento o conexión.
3. Adicionalmente, para cada categoría especialista:
3.1

Unidad temática 1: Líneas de distribución en B.T.

3.1.1 Ejecución de las instalaciones aéreas: Conductores aislados y desnudos;
distancias de separación; Cruzamientos, proximidades y paralelismos.
3.1.2 Ejecución de las instalaciones subterráneas: tipos de instalación y
condiciones para cruzamientos, paralelismos y proximidades.
3.2

Unidad temática 2: Sistemas de automatización.

3.2.1 Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad
para viviendas y edificios.
3.2.2 Sistemas de control distribuido.
3.2.3 Instalación y programación de sistemas de supervisión, control y
adquisición de datos.
3.2.4 Control de procesos.
3.3 Unidad temática 3: Instalaciones en locales con riesgo de incendio y
explosión.
3.3.1
3.3.2
3.4
3.4.1
3.4.2

Selección de material para trabajar en ambientes clasificados.
Instalaciones de estaciones de servicio, garajes y talleres de reparación.
Unidad temática 4: Instalaciones en quirófanos y salas de intervención.
Selección de material para trabajar en ambientes clasificados.
Instalación de receptores especiales.

3.5 Unidad temática 5: Instalaciones generadoras de baja tensión de potencia
superior o igual a 10 kW.
Ejecución de las distintas instalaciones de autoconsumo.
Instalación de sistemas antivertido para instalaciones sin excedentes.

3.6 Unidad temática 6: Instalaciones de lámparas de descarga en alta tensión
y rótulos luminosos.
3.6.1
3.6.2

Instalación de rótulos y tubos luminosos alimentados entre 1 kV y 10 kV.
Protecciones contra fugas.»

cve: BOE-A-2021-6879
Verificable en https://www.boe.es

3.5.1
3.5.2