I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Compensaciones a entidades locales. (BOE-A-2021-6878)
Orden HAC/412/2021, de 27 de abril, por la que se establecen los criterios de distribución de la compensación a las Entidades Locales prevista en la disposición adicional centésima décima sexta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 50036
compensar la existencia de bases militares en función del Convenio de Cooperación
para la Defensa suscrito entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, se
repartirá con arreglo a los siguientes criterios:
a) El 85 por 100 de dicha cantidad, es decir, 1.700.000 €, se destina a compensar a
los municipios en cuyo término municipal se encuentran las bases militares ubicadas en
Rota (Cádiz) y Arahal (Sevilla).
b) El 15 por 100 de dicha cantidad, es decir, 300.000 €, se destina a compensar a
los municipios limítrofes de los anteriores que cumplan las condiciones establecidas en
la disposición adicional centésima décima sexta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, es decir, a Carmona y a Morón
de la Frontera (Sevilla)
La distribución de los anteriores porcentajes entre los municipios beneficiarios se
realizará en proporción a su población de derecho, según el padrón de la población
municipal vigente a 1 de enero de 2020 y aprobado oficialmente por el Gobierno.
Artículo 2. Cantidades asignadas y abono de las mismas.
En aplicación de los criterios señalados en el apartado anterior, las cantidades
resultantes para cada uno de los municipios que cumplen los requisitos previstos para
ser beneficiarios de estas compensaciones son las consignadas en el siguiente cuadro:
Municipio
Población
número de habitantes
Importe
en €
1. Municipios con bases militares con instalaciones de apoyo para utilización por las Fuerzas
Armadas de EEUU1 y población de derecho entre 5.000 y 50.000 habitantes
Rota.
29.282
1.019.756
Arahal.
19.533
680.244
48.815
1.700.000
Sub total 1.
2. Municipios limítrofes a los anteriores con población de derecho entre 20.000 y 50.000 habitantes
Carmona.
28.834
153.190
Morón de la Frontera.
27.633
146.810
56.467
300.000
105.282
2.000.000
Sub total 2.
Total.
1
Según lo previsto en el anexo 2 del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el reino de España y
los Estados Unidos de América.
Las cantidades resultantes se transferirán en un pago único, que se hará efectivo
antes del 31 de diciembre de 2021, realizándose los libramientos por la Secretaría
General de Financiación Autonómica y Local.
Publicación y entrada en vigor.
La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor
el día siguiente al de su publicación.
Madrid, 27 de abril de 2021.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Cuadrado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-6878
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final.
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 50036
compensar la existencia de bases militares en función del Convenio de Cooperación
para la Defensa suscrito entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, se
repartirá con arreglo a los siguientes criterios:
a) El 85 por 100 de dicha cantidad, es decir, 1.700.000 €, se destina a compensar a
los municipios en cuyo término municipal se encuentran las bases militares ubicadas en
Rota (Cádiz) y Arahal (Sevilla).
b) El 15 por 100 de dicha cantidad, es decir, 300.000 €, se destina a compensar a
los municipios limítrofes de los anteriores que cumplan las condiciones establecidas en
la disposición adicional centésima décima sexta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, es decir, a Carmona y a Morón
de la Frontera (Sevilla)
La distribución de los anteriores porcentajes entre los municipios beneficiarios se
realizará en proporción a su población de derecho, según el padrón de la población
municipal vigente a 1 de enero de 2020 y aprobado oficialmente por el Gobierno.
Artículo 2. Cantidades asignadas y abono de las mismas.
En aplicación de los criterios señalados en el apartado anterior, las cantidades
resultantes para cada uno de los municipios que cumplen los requisitos previstos para
ser beneficiarios de estas compensaciones son las consignadas en el siguiente cuadro:
Municipio
Población
número de habitantes
Importe
en €
1. Municipios con bases militares con instalaciones de apoyo para utilización por las Fuerzas
Armadas de EEUU1 y población de derecho entre 5.000 y 50.000 habitantes
Rota.
29.282
1.019.756
Arahal.
19.533
680.244
48.815
1.700.000
Sub total 1.
2. Municipios limítrofes a los anteriores con población de derecho entre 20.000 y 50.000 habitantes
Carmona.
28.834
153.190
Morón de la Frontera.
27.633
146.810
56.467
300.000
105.282
2.000.000
Sub total 2.
Total.
1
Según lo previsto en el anexo 2 del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el reino de España y
los Estados Unidos de América.
Las cantidades resultantes se transferirán en un pago único, que se hará efectivo
antes del 31 de diciembre de 2021, realizándose los libramientos por la Secretaría
General de Financiación Autonómica y Local.
Publicación y entrada en vigor.
La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor
el día siguiente al de su publicación.
Madrid, 27 de abril de 2021.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Cuadrado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-6878
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final.